Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 21/2/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Miércoles, 21 de Febrero de 2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Nº 37 p.1427

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera Núm. 526/2024

Núm. 474/2024
Don Rafael Ángel Moreno Reyes, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adamuz Córdoba, HACE SABER:
Primero: Que el Decreto de la Alcaldía n.º 220/2024, de 8 de febrero ha aprobado la convocatoria pública del procedimiento de elección de Juez de Paz titular y de Juez de Paz sustituto del municipio expte. GEX n.º 415/24.
Segundo: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, la elección se realizará de acuerdo con el siguiente régimen:
1. El Juez de Paz y su sustituto serán nombrados para un período de cuatro años por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia correspondiente.
2. El nombramiento recaerá en las personas elegidas por el Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiere solicitantes, el Pleno elegirá libremente.
3. Aprobado el acuerdo correspondiente, será remitido al Juez de Primera Instancia e Instrucción, quien lo elevará a la Sala de Gobierno.
4. El Juez de Paz prestará juramento ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción y tomarán posesión ante quien se hallara ejerciendo la jurisdicción.
5. Podrán ser nombrados Jueces de Paz, tanto titular como sustituto, quienes, aún no siendo licenciados en Derecho, sean españoles, mayores de edad y no estén incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ni de incompatibilidad reguladas en los artículos 389 y 397 de la misma Ley, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles y de las derivadas de la jubilación por edad, siempre que no suponga impedimento físico o psíquico para el cargo.
Tercero: Los interesados podrán presentar una solicitud, acompañada de una fotocopia del DNI, de los documentos acreditativos de los méritos que aleguen y de una declaración responsable manifestando que reúnen todos los requisitos establecidos por la Ley para ser elegido Juez de Paz y de que no se encuentran incursos en ninguna de las causas de incapacidad ni incompatibilidad previstas en la Leyes para el desempeño del cargo de las funciones judiciales.
Cuatro: Las solicitudes se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento, de forma presencial o telemática, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, durante el plazo de quince día hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Adamuz Córdoba, 8 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Rafael Ángel Moreno Reyes.

Doña Carmen Flores Jiménez, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera Córdoba, hace saber:
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 12 de febrero de 2024, se aprobaron las Bases para la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, de tres plazas de ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE
AGUILAR DE LA FRONTERA, que se publican a continuación:
ANEXO
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA
PROVISIÓN DE TRES PLAZAS DE ADMINISTRATIVO, PERSONAL FUNCIONARIO, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AGUILAR
DE LA FRONTERA.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, de tres plazas de Administrativo, personal funcionario de carrera, Grupo C, Subgrupo C1, Escala: Administración General; Subescala: Administrativa, según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en adelante, TREBEP.
Las citadas plazas corresponden a las Ofertas de Empleo Público del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, correspondientes al año 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 126, de fecha 03 de julio de 2020, al año 2022 publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 232, de fecha 5 de diciembre de 2022, y al año 2023 publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 111, de fecha 14 de junio de 2023.
1.2. El sistema de selección será el de oposición libre, que constará de dos ejercicios de carácter eliminatorio y de realización obligatoria.
1.3. Con el objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida a la lectura y compresión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc., debe entender en sentido comprensivo de ambos sexos.
1.4. La participación de los opositores en el presente procedimiento selectivo presupone el otorgamiento de su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
SEGUNDO. LEGISLACIÓN APLICABLE
A la presente convocatoria le será de aplicación el TREBEP y las bases de la presente convocatoria, y en lo no regulado en las mismas se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local; en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario de la Administración Local; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y normas complementarias; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, sobre Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Ayuntamiento de Adamuz

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 21/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha21/02/2024

Nro. de páginas69

Nro. de ediciones3537

Primera edición04/01/2010

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
2526272829