Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 2/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 02 de Febrero de 2024

nº 2023/0193, fue delegado en la Junta de Gobierno Local, el ejercicio de competencias de esta Alcaldía-Presidencia, con carácter genérico, salvo aquellas que resultaran indelegables, así como de forma expresa las siguientes: hacienda, recursos humanos, obras públicas y seguridad ciudadana.
Atendiendo a la necesidad de dotar de mayor agilidad y celeridad al funcionamiento de los servicios municipales y cumplimentación de trámites administrativos en aquellos expedientes que se encuentran sujetos a plazos reducidos, se considera conveniente avocar el ejercicio de las siguientes competencias:
-Las relativas a contratación administrativa que sean competencia de la Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo previsto en la Dº A Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, o normativa posterior que pueda sustituirla.
-En materia de subvenciones, solicitar las mismas cualquiera que sea la entidad convocante, presentar reformulación de dichas solicitudes y demás actos de trámite relativos a dichos expedientes, aceptar o renunciar a las mismas, adoptar compromisos de cofinanciación dentro de las competencias que la normativa básica local y de haciendas locales atribuyan a la Alcaldía-Presidencia, manteniéndose en la Junta de Gobierno Local los actos necesarios referidos a aquellas cuyo otorgamiento corresponda al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO
PRIMERO. Avocar las competencias asumidas por la Junta de Gobierno Local, en virtud de lo dispuesto en la Resolución de esta Alcaldía de delegación de competencias nº 2023/0193, de fecha 22 de junio de 2023, en las siguientes materias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2868/1986, de 28 de noviembre:
-Las relativas a contratación administrativa que sean competencia de la Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo previsto en la Dº A Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al Ordenamiento Jurídico Español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, o normativa posterior que pueda sustituirla.
-En materia de subvenciones, solicitar las mismas cualquiera que sea la entidad convocante, presentar reformulación de dichas solicitudes y demás actos de trámite relativos a dichos expedientes, aceptar o renunciar a las mismas, adoptar compromisos de cofinanciación dentro de las competencias que la normativa básica local y de haciendas locales atribuyan a la Alcaldía-Presidencia, manteniéndose en la Junta de Gobierno Local los actos administrativos tanto de trámite como resolutivos referidos a aquellas subvenciones cuya convocatoria y otorgamiento corresponda al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba.
SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que surta efectos desde el
mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
TERCERO. Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local en la próximo sesión que celebre a efectos de toma de conocimiento, así como cuenta al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38 d del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Villanueva de Córdoba, 19 de enero de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Isaac Reyes Vioque.

Ayuntamiento de El Viso Núm. 325/2024
Expediente nº: 327/2023
Anuncio de Aprobación Definitiva para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Procedimiento: Elaboración y Aprobación del Presupuesto Asunto: PRESUPUESTO GENERAL DE LA CORPORACIÓN
EJERCICIO 2024
Fecha de iniciación: Veintinueve de noviembre de 2023
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2024, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, Plantilla de Personal Funcionario y Laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, aprobado inicialmente por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión ordinaria, celebrada el veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés, publicada la misma en el Boletín Oficial de la Provincia nº 4, de cinco de enero de dos mil veinticuatro, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS
A OPERACIONES NO FINANCIERAS

5.244.938,25 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

2.428.894,85 €

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal
1.021.779,85 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios
1.336.500,00 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes
1.000,00 €
69.615,00 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

2.816.043,40 €

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales
2.782.043,40 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital
34.000,00 €

B OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros
0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros
0,00 €

TOTAL

5.244.938,25 €

ESTADO DE INGRESOS
A OPERACIONES NO FINANCIERAS

5.244.938,25 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

2.808.145,00 €

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
849.401,00 €
36.182,00 €
257.967,00 €
1.583.593,00 €
81.002,00 €
2.436.793,25 €

El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 24 p.960

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 2/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha02/02/2024

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

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