Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 10/11/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Miércoles, 10 de Noviembre de 2021

Núm. 4.358/2021
Titulo: BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO DE BELENES POPULARES 2021.
BDNS Identif. 593778
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/593778
Con motivo de las Fiestas Navideñas, la Delegación de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, con el objeto de mantener la tradición y fomentar la confección de Belenes en los hogares, asociaciones, colegios y comercios, convoca el concurso de Belenes populares para el presente año 2021, con arreglo a las siguientes bases:
Podrán participar en el concurso todas las Instituciones, Comercios, Asociaciones, Particulares y Centros Educativos que lo deseen.
Los Belenes participantes deberán incluir como mínimo las tres escenas fundamentales: Anunciación de los Pastores, Nacimiento y Reyes Magos.
Las personas interesadas en participar podrán solicitar la inscripción presentando el modelo que acompaña las siguientes bases.
La solicitud de participación se presentará en el Servicio de Información y Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Lucena, sito en Plaza Nueva, 1 de 9 a 14 horas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el modelo de instancia que se adjunta como Anexo I a las presentes bases. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, por conducto de la Bases de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena.
Asimismo, deberá presentar Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como que no recibe ayudas para la misma finalidad y que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y la Hacienda Municipal; todo ello sin perjuicio de las comprobaciones de oficio que pueda realizar el Ayuntamiento, a las cuales se autoriza con la presentación de dicha Declaración.
No se admitirá a concurso ninguna solicitud tras la finalización del plazo anterior.
Se valorará positivamente la creación artística originalidad, ingenio y riqueza artística, su ambientación e integración, el trabajo artesanal, montaje, la utilización de materiales naturales, ecológicos y reciclados que no degraden el Medio Ambiente, así como el esfuerzo humano y económico, laboriosidad y el trabajo de corresponsabilidad familiar en la ejecución de las obras.
El tamaño, materiales y técnicas empleadas será libre.

Sólo podrá participar un Belén por cada domicilio o local, aunque sus creadores sean diferentes.
Se valorará negativamente los detalles de mal gusto y todo lo que atente con el carácter propio que debe formar parte de un Belén.
Se establecen las siguientes premios:
1º Premio
300,00 €

2º Premio
250,00 €

3º Premio
200,00 €

1º Accésit
100,00 €

2º Accésit
100,00 €

3º Accésit
100,00 €

4º Accésit
100,00 €

5º Accésit
100,00 €

6º Accésit
100,00 €

El Jurado Calificador estará presidido por el Concejal Delegado de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, y estará compuesto por una representación de cada uno de los Grupos Políticos Municipales, nombrados por su respectivo grupo político y tres personas expertas en el tema nombradas por el Alcalde a propuesta del Concejal Delegado de Fiestas. De todo lo actuado se levantará acta y se remitirá a la Junta de Gobierno Local para que adopte resolución al respecto que será publicada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena.
El Jurado realizará las visitas a los Belenes participantes durante los días comprendidos entre el 1 y el 12 de diciembre, ambos inclusive, procediendo a la deliberación el día 14 de diciembre.
El Jurado tendrá potestad y capacidad de decisión ante cualquier incidencia, circunstancia o acontecimiento que surgiese y no estuviese recogido en las presentes bases.
Todas las deliberaciones del jurado serán secretas.
Los Belenes ganadores serán incluidos en la RUTA BELENÍSTICA, por lo tanto las personas participantes se comprometen a que sus Belenes puedan ser visitados por el público en los siguientes horarios obligatorios:
-Laborales de 18:00 a 20:00 horas.
-Fines de semana de 11:00 a 13:30 horas y de 18:00 a 20:00
horas.
Los participantes deberán contemplar de forma estricta todas las normas y protocolos establecidos para la prevención del COVID-19 dictados por las autoridades sanitarias incluso adaptarse a las que en el futuro pudiesen aparecer.
La presentación a este concurso implica necesariamente la aceptación integra de todas y cada una de las bases así como del fallo del Jurado que será inapelable, renunciando expresamente al ejercicio de todo tipo de reclamaciones contra las resoluciones de aquél. A juicio del Jurado, cualquiera de los premios puede quedar desierto.
Teniendo en cuenta la situación generada por la epidemia originada por el coronavirus COVID-19, las siguientes Bases serán susceptibles de posible, suspensión o modificación atendiendo en todo momento a las medidas que se adopten por el Ministerio de Sanidad, Consejería de Salud y Familia de la Junta de Andalucía, Ayuntamiento de Lucena y demás administraciones dentro de sus competencias, en función de la evolución de los acontecimientos.
La organización se reserva el derecho a modificar las bases si lo considera oportuno.
La fecha y hora de la entrega de premios se anunciará a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena.
Lucena Córdoba, 5 de noviembre de 2021. Firmado electróni-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
maciones contra las resoluciones de aquél.
Lucena Córdoba, 5 de noviembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

Nº 213 p.6719

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 10/11/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha10/11/2021

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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