Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 10/3/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputación de Córdoba Núm. 762/2021
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el 23 de septiembre de 2020, adoptó el inicio de Expediente de Expropiación Forzosa de los siguientes bienes y derechos afectados por la obra "Construcción de Depósito de Agua Potable de 2000 m en Pedro Abad", en el T.M. de Pedro Abad, incluida en el Plan Provincial de Obras de Infraestructuras Hidráulicas Bienio 2019-2020. La Junta de Gobierno en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional 1.b de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, con fecha 13
de octubre de 2020, adoptó el acuerdo de la Declaración de Urgente Ocupación de los bienes y derechos afectados por la citada obra, entre los que se encuentra alguno de su titularidad, según la Dirección General del Catastro:
Termino Municipal PEDRO ABAD

TITULARIDAD

Referencia catastral 2338812UH7023N

Coral Homes S.L.U.

Ocupación Servidumbre Temporal Subterránea m m 266,07

79,82

Superficie Expropiación m 16,00

A los efectos de lo previsto en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, por el presente se pone en general conocimiento que el día 9 de abril de 2021, a las 10:00 horas, se va a proceder a levantar el Acta Previa a la Ocupación de los citados bienes, indicándose asimismo que se han enviado los correspondientes anuncios para su publicación al tablón oficial de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Pedro Abad y a dos diarios de esta provincia, habiéndose asimismo cursado notificación individual a los afectados, concretando en todos ellos el día y la hora para proceder a dicho acto.
En el día y hora fijados, se constituirá en el Ayuntamiento de Pedro Abad, sin perjuicio de trasladarse a las fincas afectadas de dicho municipio, si se estimase, un representante de la Diputación de Córdoba, acompañado de un perito y del Alcalde o Concejal en quien delegue, reunidos con los propietarios y demás interesados que concurran, levantarán un Acta en la que describirán los bienes a expropiar y en la que se hagan constar todas la manifestaciones y datos que aporten unos y otros según lo establecido en el artículo 52.3 de la L.E.F.
Este anuncio, de el que está conforme con sus antecedentes el Jefe de Sección de Expropiaciones y Valoraciones D. Francisco Márquez Priego, lo firma electrónicamente en Córdoba, a 3 de marzo de 2021, el Sr. Diputado Delegado del Área de Asistencia Técnica a los Municipios, Juan Díaz Caballero.

Núm. 832/2021
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 17 DE FEBRERO DE
2021 DEL PLENO DE LA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA POR LA
QUE SE CONVOCA LA "BASES DE LA COOPERACIÓN ANUAL
CON LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA PARA LA DINAMIZACIÓN DE LOS CENTROS GUADALINFO EN EL AÑO 2021"
BDNS Identif.: 552485
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto comple-

Nº 46 p.1296

to puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/552485
Primero. Destinatarios Son destinatarios de este programa los Ayuntamientos de la provincia de Córdoba que cuenten con Centro Guadalinfo, divididos en 3 grupos según Anexo I: A, B y C. Asimismo, el presente programa se aplicará a las ELAS, las cuales se unirán al grupo A o B, según corresponda ver artículo 5.
Quedan expresamente excluídos los municipios con población superior a veinte mil habitantes.
Del mismo modo no podrán ser destinatarios de este programa aquellos ayuntamientos que no se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de cantidades en periodo ejecutivo con esta Diputación.
En el caso de obligaciones por reintegro de cantidades percibidas, se considerará que el Ayuntamiento destinatario se encuentra al corriente en el pago cuando las deudas están aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
Segundo. Objeto y ámbito El presente programa tiene por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el fomento y colaboración de la Diputación de Córdoba con los municipios de la provincia que tengan centro Guadalinfo para contribuir a la financiación de la contratación de los Agentes de Innovación Social de estos centros en las cuantías y porcentajes descritos en este programa.
Tercero. Bases reguladoras Bases reguladoras de la Cooperación Anual con los ayuntamientos de la provincia de Córdoba para la dinamización de los centros Guadalinfo en el año 2021, publicadas en el Tablón de Edictos de la sede electrónica de la Diputación de Córdoba, asi como en la dirección https www.dipucordoba.es/departamentodeadministracionelectronica Cuarto. Cuantía La financiación de la ayuda económica aportada por la Diputación de Córdoba se realizará con cargo a crédito consignado en el presupuesto consolidado de 2021, ascendiendo la cuantía a:
489.355 euros.
La aplicación presupuestaria para el año 2021 es:
274491146200.
Los gastos subvencionables son: gastos de personal, dietas y otros costes de desplazamiento asociados a la actividad de la persona dinamizadora del Centro, siempre que los mismos estén relacionados con la actividad subvencionada o resulte estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto y Coste del seguro para hacer frente a las posibles contingencias por daños causados a terceros en el Centro durante el periodo de ejecución de la actividad. Todo esto en el % subvencionable en cada caso, según la convocatoria, en relación al total de la contratación a realizar.
Para los municipios comprendidos en el grupo A, la ayuda de la Diputación de Córdoba no podrá exceder del 33,34 % del total de la actividad comprendida, siempre entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, y ascenderá a un total máximo de 65.170 euros. Correspondiendo a cada municipio destinatario la cantidad máxima de 4.655 euros.
Para los municipios comprendidos en el grupo B, la ayuda de la Diputación de Córdoba no podrá exceder del 33,34% del total de la actividad comprendida, siempre entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, y ascenderá a un total máximo de 404.415 euros. Correspondiendo a cada municipio destinatario la
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Miércoles, 10 de Marzo de 2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 10/3/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha10/03/2021

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones3532

Primera edición04/01/2010

Ultima edición03/05/2024

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