Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 8/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Lunes, 08 de Febrero de 2021

de Estado para la Administración Pública.
Entre el ejercicio primero y el segundo deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco 5 días hábiles y máximo de cuarenta y cinco 45 días hábiles.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a los/as aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos siempre y en todo caso, del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente para extranjeros.
Las calificaciones de los/as aspirantes que hayan superado los ejercicios, con indicación de las puntuaciones obtenidas, se harán públicas en el mismo día en que se acuerden, en la forma establecida en la Base Quinta, así como, de ser posible, el lugar, fecha y hora de realización del siguiente ejercicio, si procede.
Decimocuarta. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador publicará en la forma señalada en la Base Quinta la lista provisional de aprobados/as por orden alfabético, así como las calificaciones obtenidas por los mismos en todos y cada uno de los ejercicios de la Fase de Oposición, y la puntuación total.
Contra esta lista podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal Calificador, en el plazo de diez 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones serán resueltas en la relación definitiva de aprobados/as.
Transcurrido el plazo referido en el párrafo anterior y resueltas las alegaciones en su caso presentadas, el Tribunal Calificador hará pública la relación definitiva de aprobados/as por orden de puntuación, con expresión de la puntuación obtenida en cada una de las Fases del proceso de selección. Dicha publicación se hará en la forma señalada en la Base Quinta.
Decimoquinta. Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal Calificador propondrá para el nombramiento como funcionario/a de carrera en la plaza de Oficial/a Admnistrativo/a C1, objeto de la convocatoria, a favor del/de la aspirante que haya obtenido la mayor puntuación total. Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, no podrá proponer un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, una 1 en este caso, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los/as aspirantes salvo al propuesto por el Tribunal, con excepción de la Bolsa de Interinos señalada en la Base decimosexta.
En el caso de que al proceder a la ordenación de los/as aspirantes se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1º. Mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, en orden de prelación inverso al de su celebración.
2º. De persistir el empate se resolverá por sorteo.
Si el Tribunal apreciara que los/as aspirantes no reúnen las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta la plaza objeto de este proceso de selección por oposición.
Decimosexta. Con el resto de personas aspirantes, no propuestas para ocupar la plaza convocada, ordenadas según la clasificación definitiva elaborada por el Tribunal Calificador, se creará una Lista de Reserva-Bolsa para su llamamiento y nombramiento, en su caso, de funcionarios/as interinos/as, en el puesto de Administrativo Grupo C1, cuando no sea posible cubrirla de otro modo.
En dicha Lista de Reserva-Bolsa quedarán incluidos los candidatos por orden de puntuación en la lista definitiva, y tendrá una vigencia máxima de cinco 5 años, sin perjuicio de que el IMGEMA pueda convocar un nuevo procedimiento de selección cuando lo estime necesario.
En el supuesto de que una vez efectuado el llamamiento, el as-

pirante renunciara al mismo, se procederá a convocar al siguiente en la lista, pasando aquél al último lugar de ésta. No obstante, el candidato renunciante no perderá su turno en la lista de reserva si se encontrara en situación de baja por Incapacidad Temporal o baja por maternidad/paternidad debidamente acreditada por parte médico oficial.
Procedimiento de llamamiento.
Los aspirantes podrán manifestar la forma preferente de llamamiento, que podrá ser mediante llamada de teléfono o mediante correo electrónico. Si no manifestara ninguna preferencia, se realizará mediante llamada telefónica cursada en un total de cuatro veces en un plazo de dos días.
La persona encargada de estas comunicaciones dejará constancia de las mismas, con indicación de fecha, hora/s, persona/s y sistema de contacto.
VII. Presentación de documentos Decimoséptima. El o la aspirante propuesto/a presentará en el Departamento de Administración y Personal del IMGEMA, en el plazo de veinte 20 días hábiles, desde que se haga pública la relación de la persona seleccionada, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la Base segunda de la Convocatoria.
En el caso de que el candidato/a tuviera la condición de funcionario/a público/a, estará exento/a de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrá ser nombrado/a funcionario/a de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya podido incurrir por falsedad en la solicitud.
En caso de que el o la aspirante que fuese propuesto/a para ser nombrado/a Funcionario/a no cumpliese alguno de los requisitos o renunciasen a su nombramiento, será en su lugar propuesto/a el/la siguiente de la lista indicada en la Base decimocuarta ordenada de mayor a menor puntuación total.
Decimoctava. Una vez justificado que el/la interesado/a reúne todos los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, el órgano competente del IMGEMA acordará el nombramiento del mismo como funcionario/a de carrera.
El/la interesado/a nombrado/a funcionario/a de carrera deberá tomar posesión de su cargo en el plazo máximo de un 1 mes a contar del siguiente al de la notificación del acuerdo de nombramiento. En caso de no tomar posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, perderá sus derechos a la plaza.
VIII. Normas finales Decimonovena. En lo no previsto en las Bases de la presente convocatoria serán de aplicación las siguientes normas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se
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Nº 25 p.685

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 8/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha08/02/2021

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

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