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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 20/8/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
Jueves, 20 de Agosto de 2020
PLAZO DE EJECUCIÓN
3 meses
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución
REQUISITOS ESPECÍFICOS
PARA LA JUSTIFICACIÓN
Según las bases de la convocatoria.
REFERENCIA
12
BENEFICIARIO
MOLINA NAVAS, MARIA ESTHER
CIF
30210344M
MUNICIPIO
14290 Fuente Obejuna
OBJETO DE LA SUBVENCIÓN
Sustitución de calefactores e instalación de paneles solares para disminución de CO2 y consumos energéticos. Consistente en instalación de autoconsumo fotovoltaico de 10kW
COSTE SUBVENCIONABLE
22.733,64 €. No se tiene en cuenta la sustitución de calefactores, sondas de gases y humedad dado que no describen número y características de los equipos calefactores existentes y número y características de los equipos calefactores a instalar, de cara a verificar que se trata de un proyecto de ahorro energético.
PUNTUACIÓN OBTENIDA
4,85
SUBVENCIÓN
10.000,00 €
PARTIDA PRESUPUESTARIA
4252 770 00
% DE SUBVENCIÓN
43,99 %
PLAZO DE EJECUCIÓN
3 meses
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución
REQUISITOS ESPECÍFICOS
PARA LA JUSTIFICACIÓN
Según las bases de la convocatoria.
REFERENCIA
11
BENEFICIARIO
SCA COOP. AGRIC. LA UNIÓN DE MONTILLA
CIF
F14028849
MUNICIPIO
14550 Montilla
OBJETO DE LA SUBVENCIÓN
Proyecto de iluminación eficiente en industria agroalimentaria, consistente en sustitución de luminarias.
COSTE SUBVENCIONABLE
27.712,31 €
PUNTUACIÓN OBTENIDA
3,96
SUBVENCIÓN
10.000,00 €
PARTIDA PRESUPUESTARIA
4252 770 00
% DE SUBVENCIÓN
36,08 %
PLAZO DE EJECUCIÓN
3 meses
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución
REQUISITOS ESPECÍFICOS
PARA LA JUSTIFICACIÓN
Según las bases de la convocatoria.
relativa a cuartos técnicos. Únicamente se contemplan como subvencionables los sistemas de control con una inversión subvencionable de 6.598,75 €. No cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.
17
Agro-Repuestos del Sur CB
E14744114
La inversión indicada de 13.798,31 € y considerada subvencionable, no cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.
18
Ruiz Villen, Manuel
34011961K
La inversión indicada de 17.751,28 € y considerada subvencionable, no cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.
25
Obrador Hnos.Moreno S.L. B14918346
La inversión indicada de 16.853,26 € y considerada subvencionable, no cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.
Viguecons Estévez, S.L.
No responde al requerimiento de documentación en relación a la sustitución de iluminación. Por tanto se acepta una inversión subvencionable de 17.730,00
€. No cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.
28
29
Euro Gaza Emergencia SL B65444481
El licitador no ha subsanado ni la solicitud firmada electrónicamente ni ha justificado el número y características de los equipos existentes que se sustituyen, así como valor anual del ahorro energético de la actuación en kWh/año. El solicitante es un sujeto obligado a relacionarse son las administraciones electrónicamente. No se pude considerar que la solicitud cumpla con lo establecido en la base novena.
30
Ramirez Garzon SL
B14914238
La inversión indicada de 12.840,00 € y considerada subvencionable, no cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.
32
Comunidad de Regantes Huertas de F.Nuñez
G14891725
Según establece el RDL 1/2001, de 20 de julio, las comunidades de regantes son entidades de Derecho Público de base asociativa, sometidas a tutela de las Confederaciones Hidrográficas y que ostentan potestades administrativas. Para ser consideradas empresa, según se indica en el art. 1 del Anexo I
del Reglamento UE 651/2014, debe ejercer una actividad económica de forma regular. Las ordenanzas de la Comunidad de Regantes presentadas no establecen la actividad comercial como objeto de la comunidad de regantes. El objeto que se indica es la organización del aprovechamiento de un caudal concesional 2,72 l/ y un caudal punta 19,72 l/s con un volumen máximo de 86.000 m3/año de agua proveniente de la EDAR de Fernán Núñez para el riego de una superficie de 42,98 hectáreas.
Por tanto, no se puede considerar que cumpla con lo indicado en la base quinta de la convocatoria.
49
Muebles Viso Leal, S.L.
B14549380
Recibida solicitud mediante correo postal certificado, el solicitante es un sujeto obligado a relacionarse con las administraciones electrónicamente. No cumple con lo establecido en la base novena de la convocatoria
27
Cocinados Mirabueno S.L. B14956684
No presenta certificados de estar al corriente requeridos
21
Reciclajes Recial SL
Presenta escrito desistiendo de la solicitud de subvención
Ref Entidad
7
CIF
Fernando Benavente Beni30204255B
tez
Motivo No justifica el ahorro energético de la medida en relación a la sustitución de ventiladores y sistemas de refrigeración aire-agua. La sustitución de ventanas no se ajusta a los requisitos establecidos en el anexo VII de la convocatoria. No justifica la necesidad para el proyecto de eficiencia energética la obra civil
B14871560
Quinto. DESESTIMAR las siguientes solicitudes de subvención, al haber obtenido menor puntuación.
Referencia 13
Cuarto. DESESTIMAR las solicitudes presentadas indicadas en la tabla siguiente, por los motivos que se citan en la misma.
B14499792
Entidad
Localidad
Puntos Totales
S. C. A. Olivarera Andaluza Ger14850 Baena man Baena
2,10
Sexto. NOTIFICAR la presente resolución a los interesados y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Córdoba, 12 de agosto de 2020. El Presidente de la Agencia Provincial de la Energía de Córdoba, Víctor Manuel Montoro Caba.
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 160 p.3765