Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 31/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 31 de Julio de 2020

como finalidad:
Asistencia y socorro a las poblaciones afectadas por crisis prolongadas como consecuencia de conflictos, guerras o catástrofes, así como las destinadas a la prevención de dichas situaciones o de preparación ante ellas.
La rehabilitación o reconstrucción de infraestructuras y equipos destinados a prevenir cualquier agravamiento de los afectados de la crisis padecida y a alcanzar un grado mínimo de autoestima de la población afectada.
Hacer frente a las consecuencias de los desplazamientos de la población refugiada, desplazada y repatriada causadas por catástrofes naturales o por el hombre.
Apoyar las acciones civiles de protección de las víctimas de conflictos o circunstancias excepcionales.
Proyectos de solidaridad a desarrollar en países en vías de desarrollo.
Erradicar la pobreza y el hambre.
Promover la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer.
Reducir la mortalidad de los niños y las niñas de menores de cinco años.
Mejorar la salud materna.
Combatir el SIDA/VIH, el paludismo, y otras enfermedades.
Garantizar la solidaridad del medio ambiente.
Fomentar una alianza mundial para el desarrollo.
Las acciones objeto de esta convocatoria deben de respetar los principios básicos de la Acción Humanitaria, fundamentalmente los de humanidad, imparcialidad y neutralidad y la defensa de los Derechos Humanos, priorizando especialmente los derechos civiles, políticos y territoriales.
Tercero. Bases Reguladoras:
Acuerdo del Consejo de Administración del Patronato Municipal de Bienestar Social, en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2017.
El texto integro de las citadas Bases ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 67, de 07/04/2017.
Cuarto: Importe:
La cuantía económica total de la presente convocatoria de subvenciones asciende a 14.000,00 €, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 489002316 del Presupuesto del Patronato Municipal de Bienestar Social.
El Patronato Municipal de Bienestar Social tendrá la potestad para no agotar los créditos consignados, si los proyectos presentados no reunieran los requisitos mínimos exigibles.
Los proyectos que presenten las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo podrán recibir subvenciones de hasta el 80% de su coste total, debiendo aportar la entidad solicitante un 20% del importe total de la actividad subvencionada por el Patronato Municipal de Bienestar Social con fondos propios.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada o implique una disminución del importe de la financiación propia exigida, en su caso, para cubrir el proyecto subvencionado.
Ninguna Organización recibirá más del 25% de importe total de esta convocatoria.
Quinto: Plazo de presentación de solicitudes:
30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Documentación a adjuntar:
Los proyectos participantes en la presente convocatoria debe-

rán ser acompañados necesariamente de la siguiente documentación:
a Solicitud dirigida a la Sr. Presidente del Patronato Municipal de Bienestar Social del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra en la que aparezca nombre del proyecto para el que se solicita la subvención, importe del mismo, importe de la subvención solicitada, número de cuenta corriente y entidad bancaria a efectos de transferencia de la subvención solicitada e índice de la documentación que se aporta. Dicha solicitud estará suscrita por la persona que ostenta la representación legal de la Organización, aportando copia del DNI, así como del acta de elección del Libro habilitado por el organismo oficial correspondiente o, en su caso, la delegación expresa otorgada por el órgano competente de la Organización.
b Declaración expresa responsable de la persona que ostente la representación legal de la Asociación, en la que conste:
Que se reúnen los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario/a de subvención pública, conforme a la Ley General de Subvenciones y los requeridos en el artículo 3 de las presentes Bases.
Que la entidad solicitante no tiene pendiente justificación de subvenciones recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Cabra o por su Patronato Municipal de Bienestar Social siempre que ya hubiese expirado el plazo de justificación de las mismas.
Que la entidad beneficiaria está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c En caso de tratarse de un proyecto realizado por varias ONGs, el convenio que indique y regule la coordinación y responsabilidades de las diversas partes, así como la persona responsable del proyecto a efectos de contacto para el seguimiento del mismo.
d Memoria del año anterior al de la publicación de la convocatoria que incluya:
-Proyectos de cooperación realizados.
-Balance económico de la organización, detallando las distintas fuentes de financiación.
e Copia de la tarjeta del Código de Identificación Fiscal.
f Inscripción en la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo.
g Proyecto debidamente presentado que deberá contener como mínimo el titulo del proyecto, la relación de actividades a desarrollar, los objetivos del mismo y la fecha de comienzo y fin de las actividades.
h Datos sobre la financiación prevista para el proyecto: Presupuesto de ingresos y gastos de las actividades que integran el proyecto.
Documentación a presentar conforme a los anexos publicados con la convocatoria.
Cabra, 3 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por el Presidente, Fernando Priego Chacón.

Núm. 2.271/2020
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN
DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA LA COOPERACIÓN.
BDNS Identif. 517714
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 146 p.3333

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 31/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha31/07/2020

Nro. de páginas57

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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