Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 12/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Nº 89 p.1885

Martes, 12 de Mayo de 2020

3.5.
3.6.
3.7.

3.8.

3.9.



Declaro no estar incursa en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Declaro que todos los datos que figuran en esta solicitud son ciertos y me comprometo a destinar el importe concedido al objetivo de la ayuda Declaro que mantendré la actividad en los seis meses posteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el caso de los beneficiarios recogidos en el punto 2.1.a Declaro que he cesado la actividad y sí/no he solicitado la prestación del Estado conforme al art. 17.1 del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
Autorizo al Ayuntamiento de Castil de Campos a recabar ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Hacienda Local la información relativa al cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones, incluido en el impreso de solicitud. Si deniega la autorización al Ayuntamiento, deberá aportar certificados de estar al corriente de pagos frente a la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda local.

4.1.

Documentación acreditativa e identificativa de la persona solicitante de la ayuda DNI.

4.2.

Inscripción en el Registro Censal de Hacienda para la actividad económica que desarrolle, certificado censal o equivalente.

4.3.

Inscripción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

4.4.

Otros:

5. SOLICITO La concesión de la ayuda de 400 euros mensuales por estar a día 1

de marzo de 2020 dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y continuar estándolo en los tres meses posteriores a la declaración del estado de alarma regulado por el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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4. DOCUMENTACIÓN APORTADA:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 12/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha12/05/2020

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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