Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 2/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

máximo de 0,50 puntos sólo se valorará la opción de este apartado que otorgue mayor puntuación, los permisos de conducción y tarjeta de cualificación del conductor entregados deberán estar en vigor y haber sido emitidos por los organismos oficiales que autorizan la conducción:
1 0,30 puntos por tener el permiso de conducción B en vigor.
2 0,50 puntos por tener el permiso de conducción C en vigor junto con el CAP Tarjeta de Cualificación del Conductor en vigor.
B. EXPERIENCIA PROFESIONAL Cada mes de servicios prestados desempeñando funciones de peón/a de limpieza pública, recogida y/o tratamiento de residuos urbanos, así como peón/a limpiador/a se valorará de la forma siguiente, siendo la puntuación máxima que se puede obtener 3,00 puntos:
1. Por cada mes completo de servicio efectivo prestado en cualquier administración local o cualquier empresa municipal o provincial públicas. 0,070 puntos.
2. Por cada mes completo de servicio efectivo prestado en otras entidades públicas: 0,052 puntos.
3. Por cada mes completo de servicio efectivo prestado en entidades privadas: 0,035 puntos.
A estos efectos, se dividirá por 30 el número total de días relacionados en el Informe de Vida Laboral del candidato/a, computándose la fracción de 16 o más días como un mes completo.
JUSTIFICACIÓN DE MÉRITOS ALEGADOS
De acuerdo con este baremo, para cada mérito alegado se presentarán los documentos siguientes:
a El permiso de conducir se justificará con el correspondiente permiso de conducir B y/o C y CAP Tarjeta de Cualificación del Conductor.
b La experiencia profesional deberá acreditarse mediante el Informe de Vida Laboral junto al contrato de trabajo, certificado de Empresa, TC2, Nominas, o cualquier otro medio oficial que permita conocer el periodo y la categoría profesional funciones determinadas en el anexo I apartado B. El Informe de Vida Laboral se podrá sustituir por la autorización del solicitante para la consulta directa del mismo al Organismo Competente por parte de la Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba SA. Deberá acreditarse el grupo de cotización 10 además de las funciones realizadas.
ANEXO II
MATERIAS PARA LA PROVISIÓN DE 32 PLAZAS DE PEÓN/A
LIMPIADOR/A Y 500 PLAZAS PARA LA BOLSA DE EMPLEO
TEMPORAL DE LA MISMA CATEGORÍA PROFESIONAL.
1. Ordenanza de Higiene Urbana vigente del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.
2. Convenio Colectivo de SADECO.
3. Memoria Corporativa de SADECO publicada en el Web año 2018.
4. Normas elementales de Seguridad e Higiene en el Puesto de Trabajo ofertado.
Córdoba, 23 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Adjunto al Director Gerente, Antonio Delgado Eslava.

Núm. 4.643/2019
Se pone en conocimiento de todos los obligados al pago y demás interesados que por Resolución del Presidente de la Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba SA SADECO ha sido aprobado con esta fecha, el Padrón Cobratorio de la Prestación
Nº 1 p.15

Patrimonial de Carácter Público POR LOS SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA HIGIENE
PÚBLICA, que están constituidos por deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, referidas al ejercicio 2020.
Dichos documentos quedan expuestos a exposición pública por plazo de quince días hábiles, en las dependencias de SADECO, en la Avenida Medina Azahara n 4 de Córdoba, en horas de 830
a 1430, para examen y reclamación de los legítimamente interesados, según dispone el artículo 11 de la vigente Ordenanza no fiscal reguladora de dicha prestación.
Contra los actos de aplicación y efectividad de la prestación patrimonial de carecer público regirá el régimen de recursos previsto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El procedimiento será el siguiente:
a La reclamación debe interponerse ante el Presidente de SADECO y en el plazo de un mes desde la notificación del recibo correspondiente.
b La Sociedad elaborará en Informe en el que exprese su opinión acerca del contenido de la reclamación o, en su caso, su satisfacción extraprocesal.
c El Titular de la Delegación de Residuos Urbanos, Limpieza Viaria y Control Animal acordará lo procedente, previa propuesta de resolución emitida por el funcionario competente de la misma.
Asimismo, y según dispone el artículo 11 de la Ordenanza no fiscal, el cobro de las prestaciones referidas en la Tarifa número 1
del Anexo I de aquélla, podrá efectuarse mediante recibo conjuntamente con el consumo de agua, aunque en facturas separadas o directamente por SADECO. Si algún obligado al pago manifestara su propósito de satisfacer alguna de dichas prestaciones, pero no la otra, se le hará entrega del recibo separado correspondiente.
Se fijan los plazos de ingreso por períodos bimestrales mediante domiciliación bancaria o pago en efectivo en cualquier oficina de Cajasur y para aquellos que no tengan contrato de suministro con la empresa municipal Emacsa el plazo de cobro establecido es del 20/02/2019 al 20/05/2019 mediante domiciliación bancaria o pago en efectivo en Sadeco o en BBVA.
Al tratarse, en el supuesto previsto en el párrafo anterior, de prestaciones de cobro periódico por recibo, una vez realizada y notificada la correspondiente alta en el respectivo Registro de Obligados al Pago, podrán notificarse, colectivamente, los sucesivos recibos mediante edictos que así lo adviertan.
El cobro de las prestaciones referidas en las Tarifas 2 a 5 del Anexo I y Tarifas 1 a 8 del Anexo II, se efectuará mediante recibo de ingreso directo.
De conformidad con el artículo 13 de la Ordenanza reguladora, el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba otorga a SADECO el acceso a la vía de apremio para la recaudación, en vía ejecutiva, de los importes de la prestación patrimonial de carácter público no tributaria que hayan resultados impagados en período voluntario.
A estos efectos el Órgano de Gestión Tributaria seguirá el procedimiento de apremio establecido para la recaudación ejecutiva.
Córdoba a 2 de enero de 2020.
Córdoba, 23 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Teniente de Alcalde Delegado de Infraestructuras, Sostenibilidad y Medio Ambiente, Titular de la Delegación de Residuos Urbanos, Limpieza Viaria y Control Animal, David Dorado Raez.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Jueves, 02 de Enero de 2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 2/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha02/01/2020

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones3528

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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