Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 26/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Jueves, 26 de Diciembre de 2019

legan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación, PROPONE:
Conceder la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción a la entidad Dielenor S.L. para reforma de las instalaciones según proyecto presentado, y cuyas principales características se describen a continuación:
Reforma de linea eléctrica Circunvalación Norte-Los Barreros.
Emplazamiento: Paraje La Rozuela Término municipal: Villanueva de Córdoba Córdoba Características: Instalación de tendido de fibra óptica monomodo SMF-G652.
Tramo aéreo.
Origen: Apoyo n.º 3 línea Circunvalación Norte-Los Barreros Final: CT n.º 6 La Rozuela.
Longitud Km: 10,400
Tramo subterráneo.
Origen: CTSM Dielenor Final:Apoyo n.º 3 línea Circunvalación Norte-Los Barreros Longitud Km: 0,740
Esta Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y anexo presentados, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.
3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.
4. El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente resolución.
5. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de la Autorización Administrativa de Explotación. Se adjuntará a la solicitud de autorización administrativa de explotación el certificado de dirección final de obra suscrito por técnico competente visado por el colegio profesional correspondiente o la declaración responsables.
6. Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.
7. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.
8. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven se-

gún las disposiciones legales vigentes.
PROPUESTO:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas.
Fdo.: Ángel Antonio Bravo Molina Vista la anterior PROPUESTA DE RESOLUCIÓN, esta DELEGACIÓN RESUELVE ELEVARLA A DEFINITIVA:
De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Industria y Energía en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
RESUELVE:
Córdoba, 17 de diciembre de 2019. El Delegado del Gobierno, Antonio Jesús Repullo Milla.

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamiento de Almedinilla Núm. 4.526/2019
Con fecha 25 de noviembre de 2019, el Pleno del Ayuntamiento de Almedinilla, adopta entre otros, el acuerdo de Aprobación Inicial del documento de Revisión Parcial del Plan General de Ordenación Urbanística, Fuente Grande-Venta de las Navas, así como sus anexos de Estudio Ambiental Estratégico, Informe de Salud, Estudio Acústico y Estudio Hidrológico-Hidráulico.
- Abrir un plazo de información pública por periodo no inferior a 30 días, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y en el tablón digital de anuncios del municipio. Durante dicho periodo quedará el expediente a disposición de cualquiera que desee examinarlo.
- Por otra parte, y en aplicación del artículo 38.4 y 40.5 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se deberá publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el sometimiento a información pública por un plazo de 45
días del Estudio Ambiental Estratégico, el Resumen no técnico del Estudio Ambiental Estratégico y la Versión Preliminar de la Innovación.
- Suspender el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para aquellas áreas del ámbito objeto del planeamiento, cuyas nuevas determinaciones supongan modificaciones del régimen urbanístico vigente. La duración de la suspensión será como máximo de un año. Las áreas afectadas por la suspensión son las siguientes: delimitación de Suelo Urbano de Fuente Grande y Venta de Las Navas recogida en el plano O2_2
de Ordenación Completa, del documento de revisión parcial. Todo de conformidad con el art. 27.2 y 3 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía.
- Durante el trámite de información pública, se solicitarán los in-

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Nº 243 p.6255

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 26/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha26/12/2019

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones3537

Primera edición04/01/2010

Ultima edición10/05/2024

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