Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Martes, 19 de Noviembre de 2019

alguno de los supuestos de prohibición, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
C Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas, locales y de la Seguridad Social.
D Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la cláusula sexta de la Convocatoria.
De forma excepcional, y siempre que la entidad solicitante, dentro de su objeto social, se recojan concomitancias con las líneas de actuación subvencionadas por los Patronatos Municipales de Deportes y Servicios Sociales, podrán presentar un proyecto dentro de las referidas convocatoria promovidas por los mismos, siendo la Comisión de Valoración la encargada de determinar si dicha actuación propuesta se adecúa a las líneas de actuación subvencionadas.
Tercero. Bases reguladoras La presente convocatoria se regirá por en el Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017 y publicada en el B.O.P. nº 95, de 22 de mayo de 2017, así como por la presente convocatoria, aprobadas por Resolución de Presidencia/Alcaldía número 222/2019, de 13 de noviembre, del corriente.
Cuarto. Importe El crédito global destinado a la presente convocatoria asciende a diez mil euros 14.500,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 3340-48900 Subv. Asociaciones y Centros culturales del Municipio, y otras sin ánimo lucro, habiéndose efectuado la co-

rrespondiente retención de crédito.
Quinto Con la finalidad de asegurar los principios de eficacia y eficiencia, y el consiguiente beneficio para el sector al que se dirige, se hace aconsejable optar, en lapresente convocatoria, por una gestión y tramitación en el menor plazo posible, lo cual permitirá reducir los tiempos para la puesta en marcha del procedimiento administrativo de concesión de estas ayudas y cumplir por tanto, con el objetivo encomendado a esta línea de ayudas. Ello recomienda acordar la aplicación del trámite de urgencia en el procedimiento de tramitación de la presente convocatoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en virtud del cual, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a los recursos, todo ello sin menoscabo de las garantías legales que asisten a las entidades solicitantes y, en su caso, beneficiarias, por ello el plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Otros datos La solicitud se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, o en la página web municipal: http www.lacarlota.es/, siendo presentados en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avda. Carlos III, 50; ó bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
La Carlota, 14 de noviembre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Antonio Granados Miranda.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Nº 220 p.5553

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha19/11/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3532

Primera edición04/01/2010

Ultima edición03/05/2024

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