Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 14/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Miércoles, 14 de Agosto de 2019

Núm. 2.836/2019
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO Y APOYO PARA LA IMPLANTACIÓN DE EMPRESAS EN EL P.I. DE LAS ARCAS, 2019.
BDNS Identif. 469959
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones htt www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiario:
Podrán optar a estas ayudas autónomos, emprendedores y empresas de reciente creación o en proceso de creación, de acuerdo con la definición de las mismas establecida anexo I del reglamento UE nº 651/2014 de la comisión siempre y cuando se produzca el alta de actividad antes de la aceptación definitiva de la concesión de la ayuda que en su caso pudiese concedérsele, con el domicilio fiscal en el término municipal de Iznájar y cuya fecha de inicio de la actividad esté comprendida entre el 1 de enero de 2019 y la fecha anterior a la aceptación definitiva de la concesión de la ayuda.
Segundo. Finalidad:
Estas subvenciones están dirigidas al fomento y el apoyo para la implantación de empresas en el P.I. de las Arcas de Iznájar.
Tercero. Bases reguladoras:
https www.iznajar.es/ayuntamiento/subvenciones Cuarto. Importe:
La cuantía a subvencionar será de hasta 3.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Un mes a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Lugar de la Firma: Iznájar.
Fecha de la Firma: 2019-08-09.
Firmante: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Iznájar, Lope Ruiz López.

Ayuntamiento de Monturque Núm. 2.733/2019
Por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 01 de agosto de 2011, se ha resuelto lo siguiente:
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los intere-

sados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el Ayuntamiento de esta Localidad el día 03 de agosto de 2019.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss. del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente HE RESUELTO:
1. Delegar en el Sr. 1º Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, don Cristobal Jesús Pareja Muñoz, el ejercicio de las atribuciones de oficiante de matrimonio civil para el día 03 de agosto de 2019.
2. Notifíquese esta Resolución a los interesados y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que se hace publico para su general conocimiento.
En Monturque, 2 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Teresa Romero Pérez.

Ayuntamiento de Pedro Abad Núm. 2.811/2019
Doña Magdalena Luque Canalejo, Alcaldesa del Ayuntamiento de Pedro Abad Córdoba, hace saber:
Que por el Decreto de la Alcaldía número 03/220/2019 de 8 de agosto, se nombra al Primer Teniente de Alcalde, don Rafael Arenas Rueda, Alcalde Accidental desde la 00,00 horas del día 9 de agosto de 2019 hasta las 24,00 horas del día 18 de agosto de 2019.
Pedro Abad, 8 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Magdalena Luque Canalejo.

Ayuntamiento de Posadas Núm. 2.823/2019
El Ayuntamiento de Posadas, en sesión ordinaria celebrada por el Pleno el día 25 de julio de 2019, ha acordado aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos del presupuesto en vigor, bajo la modalidad de Suplemento de Crédito que asciende a la cantidad de 16.250,00 euros, financiado con Remanente Líquido de Tesorería para Gastos Generales, para aumentar el gasto destinado a subvenciones para asociaciones culturales y de acción social.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, y en el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de Abril, se expone al público en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de 15
días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones ante el Pleno. Transcurrido dicho plazo sin haberse presentado alguna reclamación, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo.
Posadas, 9 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Emilio Martínez Pedrera.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Cuarto. Importe:
La subvención máxima que pueden recibir las agrupaciones de vecinos de una misma línea eléctrica será del 60% del presupuesto de renovación de la línea eléctrica.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Un mes a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Lugar de la Firma: Iznájar.
Fecha de la Firma: 2019-08-09.
Firmante: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Iznájar, Lope Ruiz López.

Nº 155 p.3834

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 14/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha14/08/2019

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

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