Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 22/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Lunes, 22 de Julio de 2019

correspondan.
H La adopción de medidas cautelares de suspensión o precintado de obras, instalaciones o usos de que se estén realizando sin la preceptiva licencia urbanística o contraviniendo el título habilitante.
I El inicio y tramitación de los procedimientos de órdenes de ejecución para mantener las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato, de solares y edificios, así como el inicio de los procedimientos de declaración legal de ruina de los mismos;
excepto los supuestos de ruina física inminente de inmuebles, que queda reservada en esta Alcaldía-Presidencia.
III. Delegar en el Presidente del Área de Cultura, DOÑA JEZABEL RAMÍREZ SORIANO:
A La coordinación del Área y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, excluyendo tanto los que supongan gasto como la resolución de los recursos que en vía administrativa que puedan presentarse contra tales actos que siendo de competencia de esta Alcaldía, no han sido delegados en la Junta de Gobierno Local, en materia de las delegaciones de servicios encuadradas en el Área de la que ostenta la presidencia.
IV. Delegar en la Presidenta del Área de Bienestar Social, DON LUIS MIGUEL CARRILLO GUTIÉRREZ:
A La coordinación del Área y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, excluyendo tanto los que supongan gasto como la resolución de los recursos que en vía administrativa que puedan presentarse contra tales actos que siendo de competencia de esta Alcaldía no han sido delegados en la Junta de Gobierno Local, en materia de las delegaciones de servicios encuadradas en el Área de la que ostenta la Presidencia.
V. Delegar en el Presidente del Área de Obras y Servicios,Sostenibilidad y Medio Ambiente DON FRANCISCO JAVIER IBÁÑEZ MEDINA:
A La coordinación del Área y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, excluyendo tanto los que supongan gasto como la resolución de los recursos que en vía administrativa que puedan presentarse contra tales actos que siendo de competencia de esta Alcaldía no han sido delegados en la Junta de Gobierno Local, en materia de las delegaciones de servicios encuadradas en el Área de la que ostenta la Presidencia.
VI. Se delega expresamente en los Presidentes/as de las diferentes Áreas Municipales las competencias atribuidas a los órganos de contratación por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, referidas a la realización de la instrucción y realización de los trámites necesarios hasta la aprobación del contrato, por tanto, distintos a los actos de ejecución presupuestaria, de los expedientes incoados para la adjudicación de contratos menores en materia competencia de sus respectivas Áreas.
Octavo. Las delegaciones conferida en el presente Decreto, que cuentan con la aceptación previa de los Concejales en quienes se delega, surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución, que será notificada al órgano delegado, sin perjuicio de dar cuenta de las mismas al Pleno de la Corporación y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y, en su caso, el Boletín Informativo Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del referido ROFRJ.
Noveno. Los Concejales Delegados, sin perjuicio del control por el Pleno Municipal de las resoluciones de la Alcaldía y sus delegados, a requerimiento de la Alcaldía o de la Junta de Gobierno
Local quedan obligados a informar a dichos órganos de aquellas actuaciones relativas a las atribuciones delegadas por el presente para las que sean requeridos y, con carácter previo, en aquellas decisiones que considere de trascendencia, en los términos previstos en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Décimo. La Alcaldía podrá avocar las facultades delegadas en el presente Decreto, en los términos previstos en los artículos 116
del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público sin perjuicio de que pueda ejercer las facultades delegadas en los supuestos de urgencia, ausencia o imposibilidad del Concejal Delegado.
Décimo Primero. La presente resolución se pondrá en conocimiento de los distintos servicios municipales, para su conocimiento y efectos oportunos.
Priego de Córdoba, 4 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.

Núm. 2.409/2019
De conformidad con lo previsto en la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, de modificación del Código Civil en materia de autorización del matrimonio civil por los alcaldes, así como en la Instrucción de la Dirección General de 26 de enero de 1995, por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 15 de julio de 2019, se ha resuelto delegar expresamente en el Sr. Concejal de esta Corporación, don José Miguel Forcada Serrano, la celebración de la ceremonia de matrimonio civil entre don Raúl Ariza Porras y doña María del Carmen Foguer López, el próximo día 20 de julio de 2019, en la Ciudad de Priego de Córdoba.
Priego de Córdoba, a 16 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.

Ayuntamiento de Rute Núm. 2.374/2019
De conformidad con el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, mediante el presente anuncio se procede a la publicación de la delegación acordada por Decreto de Alcaldía nº 2054 de fecha 4 de junio de 2019, por el que se delegó en don Antonio Granados Pedrazas, Concejal del Excmo. Ayuntamiento de Rute, la representación de este Ayuntamiento, para la firma del Convenio con la Diputación de Córdoba para la concesión de una subvención nominativa para adquisición de material Deportivo para el Área del Ayuntamiento de Rute. Gex 1430/2019.
Rute, 5 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Nº 138 p.3490

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 22/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha22/07/2019

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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