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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/5/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
Jueves, 03 de Mayo de 2018
ré para el pago en ventanilla, el interesado podrá dirigirse a los siguientes puntos de atención dispuestos por el Organismo, donde se le facilitará el correspondiente duplicado.
Atención personal:
Córdoba: C/ Reyes Católicos, 17.
Baena: Plaza Palacio, s/n.
Cabra: C/ Juan Valera, 8.
Hinojosa del Duque: Plaza de San Juan, 4.
La Carlota: C/ Julio Romero de Torres, s/n.
Lucena: C/ San Pedro, 44.
Montilla: C/ Gran Capitán, esq. S. Juan de Dios.
Montoro: Avda. de Andalucía, 19.
Palma del Río: Avda. Santa Ana, 31 - 2 Pl.
Peñarroya-Pueblonuevo: Plaza Santa Bárbara, 13.
Pozoblanco: C/ Ricardo Delgado Vizcaíno, 5.
Priego de Córdoba: C/ Cava, 1 locales 18 y 19.
Puente Genil: C/ Susana Benítez, 10.
Servicio de atención telefónica:
957498283.
Córdoba, a 25 de abril de 2018. Firmado electrónicamente: El Vicepresidente del Organismo, Salvador Blanco Rubio.
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública.
Plazo de pago en periodo voluntario:
El plazo de ingreso en periodo voluntario comprenderá desde el día 7 de mayo hasta el 9 de julio de 2018, ambos inclusive.
Forma de pago:
Las deudas que no estuvieran domiciliadas, podrán abonarse de forma telemática en la oficina virtual del Organismo accesible en la sede electrónica www.haciendalocal.es. El abono personal en ventanilla, podrá realizarse únicamente mediante la presentación del correspondiente abonaré remitido al domicilio del obligado al pago, durante el horario de oficina en cualquiera de las sucursales de las siguientes Entidades Colaboradoras de la Recaudación Provincial: BBVA, Banco Santander, La Caixa, Caja Rural de Baena, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Cañete, Caja Rural de Adamuz, Caja Rural de N. Carteya, Cajasur y Unicaja.
La falta de pago en el plazo previsto, motivará la apertura del procedimiento recaudatorio por la vía de apremio, incrementándose la deuda con el recargo de apremio, intereses de demora y en su caso las costas que se produzcan durante el proceso ejecutivo.
En caso de pérdida, destrucción o falta de recepción del abona-
Nº 84 p.1761
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba