Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 4/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Nº 64 p.1368

Miércoles, 04 de Abril de 2018

reses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Forma de pago:
Las deudas que no estuvieran domiciliadas, podrán abonarse de forma telemática en la oficina virtual del Organismo accesible en la Sede Electrónica https sede.haciendalocal.es.
El abono personal en ventanilla, podrá realizarse únicamente mediante la presentación del correspondiente abonaré remitido al domicilio del obligado al pago, durante el horario de oficina en cualquiera de las sucursales de las siguientes Entidades colaboradoras de la Recaudación provincial: BBVA, Banco Santander, La Caixa, Caja Rural de Baena, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Cañete, Caja Rural de Adamuz, Caja Rural de N. Carteya, Cajasur y Unicaja.
En caso de pérdida o extravío del abonaré podrá obtener un duplicado del mismo en cualquier oficina del Organismo en la provincia o, en su defecto, en el propio Ayuntamiento.
Servicio de atención telefónica:
957498283
Córdoba a 2 de abril de 2018. Firmado electrónicamente: El Vicepresidente del Organismo, Salvador Blanco Rubio.

El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
miento, en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local https sede.haciendalocal.es, y en las distintas oficinas de Atención al Público del Organismo, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de su publicación en el BOP, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ordenanza General de la Diputación de Córdoba.
Recursos:
Contra estas liquidaciones, se podrá interponer el Recurso de Reposición del artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública, pudiendo presentarse en la sede central, sita en la calle Reyes Católicos, número 17 de Córdoba o en cualquier otra oficina del Organismo en la provincia.
Plazo de pago en periodo voluntario:
Desde el día 5 de abril hasta el día 5 de junio de 2018, ambos inclusive.
Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los inte-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 4/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha04/04/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3534

Primera edición04/01/2010

Ultima edición07/05/2024

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