Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 27/9/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Miércoles, 27 de Septiembre de 2017

La Jefa del Área de Cultura.
Un técnico de administración general del departamentode Secretaría General de este Excmo. Ayuntamiento.
El órgano competente para resolver la concesión de las presentes becas es la Presidencia del Área de Economía, Hacienda y Desarrollo Socioeconómico.
Noveno. Adjudicación de las plazas Terminada la valoración, se expondrá la relación de solicitantes excluidos y admitidos con indicación de la puntuación total provisional obtenida por estos últimos en el tablón de edictos Electrónicos de la página web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios del Servicio de Juventud, abriéndose un plazo de 5 días para la presentación de eventuales reclamaciones, en forma establecida en el artículo 24.4 de la Ley General de Subvenciones.
Resueltas las posibles reclamaciones por la Comisión de Valoración se procederá a elaborar la lista definitiva de puntuaciones obtenidas clasificadas de mayor a menor puntuación. El caso de empate en puntuación que suponga un número de solicitudes beneficiarias superior al número de becas a conceder, se dilucidará mediante sorteo público entre aquellas solicitudes que se encuentren en esta circunstancia.
La Propuesta de resolución que se redacte contendrá las listas de adjudicación definitiva y, en su caso, de suplencias para su debida aprobación, debiéndose resolver y notificar la resolución del procedimiento en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del período de presentación de solicitudes.
La notificación de dicha resolución tendrá lugar mediante publicación en la página web del Ayuntamiento: www.priegodecordoba.es y por e-mail a cada uno de los interesados.
La mencionada resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso potestativo de Reposición o, directamente, Recurso Contencioso-Administrativo, en la forma y plazos establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Décimo. Abono y forma de Justificación El pago de las becas objeto de la presente convocatoria se hará efectivo conforme a lo dispuesto en la base cuarta.
La justificación se hará mediante la siguiente documentación:
- Para el pago inicial del 25 % del coste total del curso, con una cuantía máxima de 108,75 €; documento acreditativo de haber formalizado matrícula en el Centro o Academia de Idiomas que deberá estar ubicado en el término municipal de Priego de Córdoba.
- Para el segundo pago hasta la parte restante del gasto realizado que se acredite, hasta un máximo de 326,25 €, se documentará con la correspondiente factura y un informe o certificado expedido por el Centro de Enseñanza de idiomas o Academia de asistencia con regularidad en un curso de al menos 60 horas y justificante tanto del pago de las tasas como de la asistencia al examen.
La no justificación en plazo de la beca/ayuda supondrá la obligación de reintegro de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
La documentación justificativa deberá ser presentada en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo concedido para la realización de la actividad subvencionada.
Undécimo. Seguimiento de la actividad formativa El Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba efectuará el seguimiento de la utilización del importe de la beca para el objeto de la misma.
Duodécimo. Aceptación y obligaciones de las personas be-

neficiarias El hecho de presentarse a la convocatoria supone la aceptación de las presentes bases por las personas solicitantes. Son obligaciones de las personas beneficiarias de las AYUDAS:
1. Con carácter previo, y para poder recibir el primer abono de la ayuda, será requisito imprescindible presentar, dentro del plazo de dos meses de haberse dictado la resolución definitiva de la convocatoria, el documento de aceptación de la subvención, y la formalización y notificación al órgano gestor de un certificado de matriculación de la Academia, donde conste expresamente:
a Que se esta matriculada/o para el B1.
b El numero de horas, no inferior a 60 horas.
c Fecha de inicio del curso y fin no posterior al 31 de septiembre de 2017.
d Precio de la matricula y total del curso.
2. Asistir con regularidad a las clases en el Centro de Enseñanza de Idiomas en el que se encuentra matriculado/a.
3. Al finalizar el curso, presentar facturas justificativas de la totalidad del curso de idiomas e informe o certificado de la academia sobre asistencia a las clases con regularidad así como del ingreso de las tasas de examen, , como requisito previo para el abono del importe restante, hasta un máximo de 435 €.
Lo que se publica para general conocimiento en Priego de Córdoba, a 22 de septiembre de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, José Manuel Mármol Servián.

Núm. 3.450/2017
Extracto del Acuerdo de 31 de agosto de 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Priego de Córdoba por el que se convocan 10
Becas para Inglés BDNS Identif.: 363305
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios:
Jóvenes con una edad comprendida entre 16 y 35 años durante el ejercicio 2017 que estén empadronados en el municipio de Priego de Córdoba al menos 1 año antes de la publicación de la aprobación de la convocatoria y además reúnan los siguientes requisitos:
Estar matriculados en centros de idiomas ubicados en el término municipal de Priego de Córdoba. Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: EGB, ESO, Bachillerato o Grados Formativos medio o superior o Universidad. No sobrepasar el nivel de ingresos establecido en las Bases de la convocatoria por unidad familiar.
Segundo. Finalidad:
Concesión de 10 Becas para la realización de sesiones formativas en legua inglesa para alcanzar los niveles correspondientes al B1 del Marco Común Europeo de referencia para las lenguas MCER así como el certificado oficial del mismo.
Tercero. Bases reguladoras:
Están contenidas en la misma convocatoria y por tanto pendientes de publicación.
Cuarto. Importe:
El importe total a conceder asciende a 4.350 €. El importe por Beca es de 435 €. siendo este importe máximo y mínimo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 184 p.3839

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 27/9/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha27/09/2017

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3537

Primera edición04/01/2010

Ultima edición10/05/2024

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