Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 25/9/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputación de Córdoba Núm. 3.432/2017
Por Decreto del Vicepresidente 4º, Diputado Delegado de Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior de esta Excma.
Diputación Provincial, de fecha 15 de septiembre de 2017, se ha aprobado el expediente de contratación, así como el Proyecto para la ejecución de obras para adaptación de la Oficina 234 para sede del Patronato Provincial de turismo, Edificio Ronda de los Tejares 32, Córdoba, por lo que de conformidad con el artículo 93
del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/86,de 18 del abril, en relación al artículo 83.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el referido proyecto de ejecución queda expuesto al público, durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el B.O.P.
Transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, la aprobación, hasta el momento provisional, se elevará a definitiva.
Este anuncio, del que está conforme con sus antecedentes la Jefa del Servicio de Contratación y Gestión Técnica Patrimonial, Carmen Luque Fernández, lo firma electrónicamente en Córdoba, a 21 de septiembre de 2017, el Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, Antonio Ruiz Cruz.

Ayuntamiento de El Carpio Núm. 3.353/2017
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza reguladora del Comercio Ambulante del Ayuntamiento de El Carpio Córdoba, de fecha 26 de junio de 2017, cuyo texto íntegro se hace público en el Boletín Oficial de la Provincia para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
El texto íntegro de la Ordenanza aprobada es el siguiente:
ORDENANZA REGULADORA DEL COMERCIO AMBULANTE EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE EL CARPIO
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comercio Ambulante TÍTULO I
DEL COMERCIO AMBULANTE
Artículo 1. Objeto 1. La presente Ordenanza tiene por objeto regular con carácter general el Comercio Ambulante dentro del término municipal de El Carpio de conformidad con lo previsto en el texto de la Ley de Comercio Ambulante, aprobado por Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, DE 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en le mercado interior.
2. Se entiende por comercio ambulante el que se realiza fuera
Nº 182 p.3802

de establecimiento comercial permanente, con empleo de instalaciones desmontables, transportables o móviles, de la forma y con las condiciones que se establecen en el texto refundido de la Ley del comercio Ambulante.
Artículo 2. Modalidades de Comercio Ambulante El ejercicio del comercio ambulante en el término municipal de El Carpio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley de Comercio Ambulante, puede adoptar las siguientes modalidades:
a Mercadillo. Entendiéndose por tal el que se celebre regularmente, en puestos agrupados, con una periodicidad determinada, en los lugares públicos establecidos en la presente Ordenanza.
b Comercio Itinerante. Se trata de la actividad comercial realizada en las vías públicas, a lo largo de los itinerarios fijados en la presente Ordenanza, con el medio adecuado ya sea transportable o móvil.
Artículo 3. Actividades excluidas 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.3 y 2.4 del texto refundido de la Ley de Comercio Ambulante, no tienen la consideración de comercio ambulante, y por tanto quedan excluidas de esta Ordenanza, las actividades siguientes:
a El comercio en mercados ocasionales, que tienen lugar con motivo de fiestas, ferias o acontecimientos populares, durante el tiempo de celebración de los mismos.
b El comercio tradicional de objetos usados, puestos temporeros y demás modalidades de comercio no contemplados en los apartados anteriores.
c Las actividades ambulantes industriales y de servicios no comerciales.
d Los mercados tradicionales de flores, plantas y animales arraigados hondamente en algunos lugares de nuestra Comunidad Autónoma.
Asimismo, quedan excluidas las actividades comerciales que entran dentro del ámbito de aplicación de la Ley 15/2005, de 22
de diciembre, de Artesanía de Andalucía.
2. También se consideran excluidas las siguientes ventas fuera de establecimiento comercial permanente, al encontrarse dentro del ámbito de aplicación del Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía:
a Venta a distancia realizada a través de un medio de comunicación, sin reunión de comprador y vendedor.
b Venta automática, realizada a través de una máquina.
c Venta domiciliaria, realizada en domicilios privados, lugares de ocio o reunión, centros de trabajo y similares.
d Reparto o entrega de mercancías a domicilio.
Artículo 4. Emplazamiento Corresponde al ayuntamiento de El Carpio, el emplazamiento, la determinación del número y superficie de los puestos para el ejercicio de la venta ambulante.
Artículo 5. Sujetos El Comercio Ambulante podrá ejercerse por toda persona física o jurídica que se dedique a la actividad del comercio al por menor y reúna los requisitos exigidos en la presente ordenanza y otros que, según la normativa, les fuera de aplicación.
Artículo 6. Ejercicio del Comercio Ambulante Las personas físicas o jurídicas titulares de la autorización municipal, en el ejercicio de su actividad comercial, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a Respetar las condiciones exigidas en la normativa reguladora de los productos objeto de comercio, en especial de aquellos destinados a alimentación humana.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Lunes, 25 de Septiembre de 2017

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 25/9/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha25/09/2017

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones3529

Primera edición04/01/2010

Ultima edición29/04/2024

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