Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 23/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 3036 - 23/10/2020

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

destinado a la adquisición de un Tractor Massey Fegurson 0Km., a pagarse en 2 cuotas iguales y consecutivas de $ 3.000.000,00. Infórmase a la Municipalidad que tiene el compromiso de adjuntar la documentación referida al destino del dinero otorgado para la oportuna rendición de cuenta. La erogación se imputará a la partida del presupuesto vigente: SAF.006Ju.020 Prog.97 Fi.1 - Fu.1.5 - Inc.5 PP.8 pp.6
FFin.1.1 M.1 U.Geog.04901 Unidad Ejecutora:
Mtrio. de Gobierno y Justicia y Derechos Humanos.
Dcto. GJyDH. Nº 1866 15-10-2020 Gobierno, Justicia y Derechos Humanos Otórgase a la Municipalidad de Icaño, un aporte extra no reintegrable de carácter excepcional, por $ 650.000,00, destinado a la adquisición de maíz. Infórmase a la Municipalidad que tiene el compromiso de adjuntar la documentación referida al destino del dinero otorgado para la oportuna rendición de cuenta. La erogación se imputará a la partida del presupuesto vigente: SAF.006 - Ju.020 Prog.97
Fi.1 - Fu.1.5 - Inc.5 PP.7 pp.6 FFin.1.1 M.1
U.Geog.04901 Unidad Ejecutora: Mtrio. de Gobierno y Justicia y Derechos Humanos.
Dcto. DSyD. Nº 1867 15-10-2020 Desarrollo Social y Deporte Derógase en todas sus partes los Dctos. S. SDS N 1104/07 y DS. N 1341/14.
Dispónese que este Ministerio otorgue subsidios consistentes en asistencia dineraria a personas en estado de vulnerabilidad socio-económica, conforme al valor Modulo determinado por Contaduría Gral. de la Provincia en Función de la variación del índice de precios al consumidor Nivel General IPC que publique el INDEC y otórgase subsidios de acuerdo a las siguientes facultades: A Hasta 10 Módulos, Autoriza y aprueba el/la Titular del Mtrio. de Desarrollo Social y Deporte, B Superior a 10 Módulos, Autoriza y aprueba el/la Titular del Mtrio. de Desarrollo Social y Deporte Ad Referéndum del poder Ejecutivo Provincial. El beneficiario deberá presentar ante las Autoridades Competentes, rendición de cuentas con toda la documentación que acredite la utilización del subsidio otorgado, en un plazo no mayor a los 30 días corridos del mes inmediato siguiente a aquel en el que se hubiera realizado el aporte, ello de conformidad a lo normado por la Acordada TC. N 602/80 del Tribunal de Cuentas de la Provincia. Facúltese al Mtrio. a dictar las normas reglamentarias relativas a los requisitos para el otorgamiento de los subsidios mencionados.

Núm. 85

Dcto. HP. P S. IyD. Nº 1868 15-10-2020
Hacienda Pública Salud Inversión y Desarrollo Modifícanse las Plantas de Personal Permanente del Ministerio de Salud y de la Secretaría de Casa de Catamarca en Capital Federal del Mtrio. de Inversión y Desarrollo, aprobada por Ley Nº 5586, de Presupuesto del Sector Público Provincial no Financiero para el Ejercicio 2019, prorrogada mediante Dcto. Acdo. N 65/
20, para el ejercicio 2020, cuya distribución se especifica en el Art. 5, del Dcto. Acdo. Nº 83/20, SUPRIMIENDO
en: C.001 Ju.040 SAF.011, D.P.A. del Ministerio de Salud U.Ejec.352, Ministerio de Salud Prog.001Act. 001 - U.Geog.04901 Inc.001 Fi.3 Fu.001, Un 1 cargo Grupo C, Grado 4, 12 Carrera de Personal Sanitario, 04 Rama Administrativa, e INCORPORANDO Un 1 cargo: C.001 Ju.075
SAF.002, D.P.A. de la Secretaría de Casa de Catamarca en Capital Federal U.Ejec.026, Secretaría de Casa de Catamarca en Capital Federal Prog.015- Act. 001 U.Geog.0001 Inc.001 Fi.001 Fu.003, Categ. 12, 04
Escalafón Gral., 04 Personal Admin. y Técnico, 01
Agrup. Administrativo, 03 Personal de Ejecución.
Reubícase presupuestariamente al Agente Claudio del Valle Díaz, CUIL. 20-31648503-1, en el cargo incorporado precedentemente. Fíjase como fecha para el efectivo traslado presupuestario y pago de haberes, conforme a esa situación, el día de notificación personal del presente. Autorízase al Mtrio. de Hacienda Pública, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente instrumento.
Dcto. ICyE. Nº 1869 15-10-2020 Industria, Comercio y Empleo Rectifícase en todas sus partes la Resol. Minist. PyD. SPIEP. Nº 693/18, por la que se sustituye el Art. 7 de la Resol. Minist. PyD. SPIEP.
N 813/17, que quedará redactado en los siguientes términos: ARTÍCULO 7.- La exención acordada en el Artículo 5 se otorgará sobre el inmueble propiedad de la empresa PUMA CATAMARCA S.A., identificado con Matrícula Catastral N 07-21-50-3161, sobre el que ésta acredita la titularidad dominial y donde ejecuta su proyecto industrial. Notifíquese del presente instrumento legal a la empresa mencionada y cúrsese copia a la Dción. Gral. de Rentas. Anexo para consulta en Dpto. Archivo de esta Dirección.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 23/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaísArgentina

Fecha23/10/2020

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1388

Primera edición01/12/2006

Ultima edición23/04/2021

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