Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 9/10/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 2828 - 09/10/2018

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

Decreto S. Nº 1095
RATIFICASE COMPLEMENTO SALARIAL
NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE, AL
PERSONAL DE LA CARRERA SANITARIA
LEY5161
San Fernando del Valle de Catamarca, 13 de Septiembre de 2018.
VISTO:
El Expediente M-10208/2017, por el cual el Ministerio de Salud gestiona una recomposición salarial para los empleados de la Carrera Sanitaria-Ley 5161; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las pautas salariales anunciadas por la Señora Gobernadora de la Provincia el 1 de Mayo de 2017, es voluntad del Poder Ejecutivo efectuar una recomposición de la remuneración del personal de la Administración Pública Provincial.
Que a fs. 02, obra Nota MS N 63/17 del Ministerio de Salud, por la cual solicita la homologación del Convenio suscripto con la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina ATSA, obrante a fs. 03/05 de la presente actuación.
Que se otorga un complemento salarial no remunerativo y no bonificable por única vez de Pesos Mil con 00/100 $1.000,00, a ser abonado en el mes de Abril 2017, un complemento salarial no remunerativo y no bonificable por única vez de Pesos Mil Trescientos con 00/100 $1.300,00, a ser abonado en el mes de Mayo 2017 para el personal comprendido en la Carrera del Personal Sanitario Ley 5161.
Que el incremento en el Valor del Punto índice para la determinación de las remuneraciones del Personal comprendido en la Ley 5161-Carrera del Personal Sanitario y de todo otro adicional, complemento, suma fija y/o bonificación de carácter general, particular, específico y/o por función sean éstos de carácter remunerativo o no, consistente en un Veinte por Ciento 20% sobre los importes vigentes a Abril de 2017 a aplicarse en tres 3 cuotas no acumulables del Diez por Ciento 10%, a partir de Mayo 2017, del Tres por
Núm. 81

Ciento a partir de Julio de 2017 y del Siete por Ciento 7%, a partir de Septiembre de 2017, el cual no podrá ser inferior a Pesos Mil Seiscientos con 00/100
$ 1.600,00 a partir de Mayo de 2017, a Pesos Dos Mil con 00/100 $ 2.000,00, a partir de Julio 2017 y a Pesos Dos Mil Ochocientos con 00/100 $ 2.800,00, a partir de Septiembre de 2017.
Que a fs.12, Asesoría de Gabinete de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública emite Dictamen SSRH y GP N 820/17.
Que a fs.13, obra Providencia N 3471 de fecha 03
de Noviembre de 2017 de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, por la cual informa el costo de las medidas solicitadas.
Que a fs. 19, obra Nota S. de P. N 811/18 de la Subsecretaría de Presupuesto.
Que a fs. 23/23 vta., Asesoría Legal del Ministerio de Salud emite Dictamen AL N 564/18.
Que a fs. 33, obra nota del Ministerio de Salud de fecha 27 de Junio de 2018, por la cual se informan las medidas adicionales y aclaratorias del Acta de fecha 28
de Abril de 2017.
Que a fs. 40/42, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N 595/18, manifestando que habiéndose dado cumplimiento a lo requerido en Dictamen A.G.G. N
432/18, se verifica que el proyecto de Decreto cumple con los requisitos formales que hacen a su validez, y que el incremento salarial ya dispuesto para el año 2017 ha sido consensuado entre las partes intervinientes, con representación de funcionarios del Poder Ejecutivo, extensivo a diferentes grupos y tramos de la Carrera del Personal Sanitario.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149 de la Constitución de la provincia.
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE CATAMARCA
DECRETA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 9/10/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaísArgentina

Fecha09/10/2018

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1388

Primera edición01/12/2006

Ultima edición23/04/2021

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