Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 19/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0095

Martes, 19 de mayo de 2020

autónomas, y microempresas y pequeñas empresas, que hayan visto reducida su facturación en un 75% en el mes anterior a la solicitud.
Hay que destacar que en la regulación del procedimiento subvencional que se establece, se atiende a la observancia de los requisitos que el Real Decreto 463/2020, en su disposición adicional tercera, 4 en relación con su artículo 7, establece para que pueda iniciarse y continuarse dicho procedimiento; puesto que, por una parte, tiene por finalidad proteger el interés general al vincularse al fomento de la actividad económica y, por otra, porque también respeta escrupulosamente las medidas de confinamiento previstas en dicho real decreto, ya que establece la tramitación telemática exclusiva de las solicitudes para este procedimiento, al amparo de la previsión contenida en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, el presente programa se ajusta a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, la norma responde a la necesidad de regular medidas urgentes de ayuda a las personas trabajadoras autónomas, así como a las microempresas y pequeñas empresas, ante la excepcional situación sanitaria generada por el COVID-19; la norma es eficaz al ser el instrumento adecuado para los fines perseguidos, no limitando derechos y deberes de los ciudadanos. Además, contribuye a la satisfacción del principio de seguridad jurídica.
Finalmente, dada la referida situación de urgencia, la entrada en vigor de esta disposición ha de ser inmediata.

2.La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en las bases reguladoras, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en adelante LGS y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio en adelante RLGS y en las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2020
y, supletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su
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CVE: BOP-2020-1459

1.Las bases reguladoras por las que se rige la presente convocatoria es la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, aprobada definitivamente por acuerdo del Pleno en sesión de fecha 12 de noviembre de 2015, ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, número 5, de fecha 11 de enero de 2016.

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
2.- BASES REGULADORAS Y NORMATIVA APLICABLE.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 19/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha19/05/2020

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones5437

Primera edición02/01/2002

Ultima edición03/06/2024

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