Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 27/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0061

Viernes, 27 de marzo de 2020

Sección I - Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Arroyo de la Luz EDICTO. Reincorporación al Servicio Operativo de Agente de Policía Local en situación administrativa especial de segunda actividad.

Visto el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, donde se dispone que, las medidas previstas en dicha norma se encuadran en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los/las ciudadanos/as, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.
Vista la alusión que dicho Real Decreto realiza a las medidas temporales de carácter extraordinario que ya se han adoptado por todos los niveles de gobierno y el llamamiento a que las mismas se intensifiquen sin demora para prevenir y contener el virus y mitigar el impacto sanitario, social y económico.

Vista la necesidad de dotar al gobierno de la nación del mayor número de efectivos de miembros de las Policías de las Corporaciones Locales para garantizar las medidas establecidas en el Real Decreto 463/2020 y en concreto, las relativas a la aplicación de la medida por la que se limita la libertad de circulación de las personas.

Pág. 4205

CVE: BOP-2020-1125

Vista la habilitación recogida en el artículo 15.2 del Real Decreto 463/2020, donde se dispone que, las autoridades competentes podrán acordar la intervención de empresas o servicios, así como la movilización de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las Fuerzas Armadas y por analogía, de los Cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales, con el fin de asegurar el buen funcionamiento de lo dispuesto en el presente artículo, relativo a las medidas para garantizar el abastecimiento alimentario.

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
Visto el artículo 5.1 del Real Decreto aludido en el primer párrafo del presente, donde se regula que Los/las integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los Cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales quedarán bajo las órdenes directas del Ministro del Interior, a los efectos de este real decreto, en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 27/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha27/03/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones5413

Primera edición02/01/2002

Ultima edición26/04/2024

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