Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 15/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0197

Martes, 15 de octubre de 2019

euros diarios en concepto de IT o 2.275,71 euros los meses de 31 días y 2.202,23 euros, los meses de 30 días. Por ello adeuda: Junio 734,10 euros, julio 660,69 euros, Agosto, 660,69
euros, septiembre, 734,10 euros y octubre,660,69 euros. Total, 6.822,28 euros. Se ha ampliado la demanda en la cantidad de 1.468,20 euros, ascendiendo la cantidad reclamada a 8.290.48
euros."
Y consecuentemente en el Fallo donde dice:
"CONDENO a las empresas demandadas a abonar solidariamente a la actora una indemnización de CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE EUROS CON DOS
CÉNTIMOS 47.199,02 €, así como la cantidad de SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA
EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS 7.390,48 € en concepto de salarios vencidos, debiendo incrementarse la última cantidad en el diez por ciento de interés por mora, sin imposición de costas."
Debe decir: "CONDENO a las empresas demandadas a abonar solidariamente a la actora una indemnización de CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE EUROS CON DOS
CÉNTIMOS 47.199,02 €, así como la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA
EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS 8.290,48 € en concepto de salarios vencidos, debiendo incrementarse la última cantidad en el diez por ciento de interés por mora, sin imposición de costas."
Se mantiene la resolución en el resto de pronunciamientos.

y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Contra este auto no cabe interponer recurso sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse frente a la resolución aclarada.

Pág. 16100

CVE: BOP-2019-4571

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos
Verificable en: http bop.dip-caceres.es
Incorporar esta resolución al Libro que corresponda y llevar testimonio a los autos principales.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 15/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha15/10/2019

Nro. de páginas78

Nro. de ediciones5424

Primera edición02/01/2002

Ultima edición14/05/2024

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