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Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 12/8/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0153
Lunes, 12 de agosto de 2019
Sección IV - Administración de Justicia Juzgados de lo Social Juzgado de lo Social Nº 3 de Plasencia EDICTO. Procedimiento despido/ceses 575-18-5
D. MARIA AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PLASENCIA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000575 /2018-5 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D.JOSÉ CARLOS GARCÍA MORALES contra la empresa AGROEXPANSION SA, VERDE BLANCO Y NEGRO SL , DEHESA ZAMORANA SL , FOGASA FONDO DE GARANTIA SALARIA , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
FALLO
Código Seguro de Verificación E04799402-MI:ZXfn-FZwN-ZftZ-qBPz-D Puede verificar este documento en
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes al de la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación de la parte o de su Abogado o representante en el momento en que se le practique la notificación.
Pág. 13597
CVE: BOP-2019-3805
https www.administraciondejusticia.gob.es
Verificable en: http bop.dip-caceres.es
ESTIMO la demanda presentada por D. JOSÉ CARLOS GARCÍA MORALES, frente a las empresas "AGROEXPANSION, S.A "DEHESA ZAMORANA, S.L." "VERDE BLANCO Y
NEGRO, S.L DECLARO EXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL existente entre las partes desde la fecha de la presente Sentencia, y CONDENO a las empresas demandadas a abonar solidariamente a la actora una indemnización de CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA
Y NUEVE EUROS CON DOS CÉNTIMOS 47.199,02 €, así como la cantidad de SIETE MIL
TRESCIENTOS NOVENTA EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS 7.390,48 € en concepto de salarios vencidos, debiendo incrementarse la última cantidad en el diez por ciento de interés por mora, sin imposición de costas.