Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 3/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0125

Miércoles, 3 de julio de 2019

- Copia de todas las nóminas de la demandante.
Así lo acuerda y firma SS. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DECRETO
Letrado de la Administración de Justicia D/D ANA MARIA MAQUEDA PEREZ DE ACEVEDO.
En CACERES, a veinticinco de febrero de dos mil diecinueve.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En fecha 14/02/2019 por MARIA INMACULADA ACERO RUIZ se ha presentado demanda de reclamación de salarios frente a PRODUCTOS VEL-PER S.L..
SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este JDO. DE LO SOCIAL N. 2.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Pág. 11444

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
SEGUNDO.- El artículo 82.1 de la LJS dispone que de ser admitida la demanda, una vez verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en cuanto a designación del órgano ante el que se presente, modalidad procesal, designación de la parte demandante, parte demandada, hechos sobre los que verse la pretensión, súplica y designación completa de todos los datos de identificación del domicilio del demandante para la práctica de toda clase de comunicaciones, en la misma resolución de admisión a trámite, el Letrado de la Administración de Justicia señalará el día y la hora en que hayan de tener lugar sucesivamente los actos de conciliación y juicio. Por todo ello, procede en el presente, citar a las partes a la celebración de los actos de conciliación y en su caso, al de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el/la Letrado de la Administración de Justicia, y el segundo ante el/la magistrado/a, el día y hora señalados en la parte dispositiva.

CVE: BOP-2019-2994

PRIMERO.- Examinada la demanda, presentada por MARIA INMACULADA ACERO RUIZ, así como la documentación acreditativa de haber intentado la previa conciliación o mediación, o el agotamiento de la vía administrativa, en su caso, y las correspondientes copias, en cumplimiento de lo que disponen los arts. 80.2 y 3 de la LJS, se aprecia que aquella reúne los requisitos formales exigidos en dichos preceptos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 3/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha03/07/2019

Nro. de páginas97

Nro. de ediciones5440

Primera edición02/01/2002

Ultima edición06/06/2024

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