Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 5/11/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0212

Lunes, 5 de noviembre de 2018

determinado a través de los mecanismos de seguimiento científico-técnico y comprobación de la justificación, será causa de reintegro total de la ayuda.
Justificación económica La justificación económica se realizará de acuerdo con la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el periodo 2014-2020. En este sentido, todos los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada.
La forma de justificación deberá realizarse por los medios y en los formatos que se establezcan al efecto.
9. Compatibilidad de la ayuda Las ayudas ofrecidas en el Programa se ajustan a Reglamento UE Nº1407/2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado UE a las ayudas de minimis y son compatibles con otras ayudas públicas para distinto objeto y finalidad.

Asimismo, se informa de que mediante la presentación de su solicitud de participación en el Programa, todos los solicitantes autorizan que, de resultar seleccionados como beneficiarios, los datos indicados en el párrafo anterior puedan ser incluidos en la lista prevista en los citados preceptos y publicados de forma electrónica y/o por otros medios por la Cámara de Comercio de España, así como cedidos, a los fines indicados, por esta entidad a la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda, u otro organismo que ésta designe.

Pág. 15010

CVE: BOP-2018-4541

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 115 del Reglamento UE 1303/2013 de la Comisión de 17 de diciembre de 2013, mediante la presente Convocatoria se informa a todos los beneficiarios potenciales que los datos relativos a su identidad denominación social, CIF y otros datos que figuren en la solicitud de participación en el Programa de quienes sean seleccionados como beneficiarios del Programa de Competitividad Turística, nombre de las operaciones en que participe y cantidad de fondos públicos asignados, serán objeto de la correspondiente publicación en los términos previstos en el citado Reglamento, por la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda, u otro organismo que ésta designe.

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
10. Información y publicidad

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 5/11/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha05/11/2018

Nro. de páginas73

Nro. de ediciones5437

Primera edición02/01/2002

Ultima edición03/06/2024

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