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Boletín Oficial de la Provincia de Burgos del 7/3/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos
burgos
boletín oficial de la provincia núm. 46
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jueves, 7 de marzo de 2019
C.V.E.: BOPBUR-2019-01202
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BURGOS
SSS Seguridad Social 762/2018.
Sobre: Seguridad Social.
Demandante/s: Mutua Fremap Matepss número 61.
Abogado/a: Gabriel Martínez Gerbolés.
Demandado/s: D/D. Florentino Río García, José Cantero Barrete, Hilario Cantero Barrete, José Cantero Rendo, Cantero Barrete José y otros, S.C., Tesorería General de la Seguridad Social TGSS, Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS.
Abogado/a: Letrado de la Seguridad Social.
D/D. Antonia María García-Morato Moreno-Manzanaro, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número uno de Burgos.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Mutua Fremap Matepss número 61 contra Florentino Río García, José Cantero Barrete, Hilario Cantero Barrete, José Cantero Rendo, Cantero Barrete José y otros, S.C., Tesorería General de la Seguridad Social TGSS, Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número Seguridad Social 762/2018 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Cantero Barrete José y otros, S.C., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 1/4/2019 a las 9:35 horas en Reyes Católicos, 53 - Sala 1, para la celebración de los actos de conciliación y, en caso de no avenencia, a las 9:40 horas para juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
diputación de burgos
bopbur.diputaciondeburgos.es
D.L.: BU - 1 - 1958
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