Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 26/1/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante

Butlletí Oficial de la Província dAlacant edita excma. diputació provincial dalacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Nº 17 de 26/01/2022

edita excma. diputación provincial de alicante
sindicales.- Entidades profesionales o cooperativas.- Entidades en las que el poder de decisión y gestión se concentra en los profesionales que llevan a cabo los distintos proyectos que realiza la entidad, sin representación de personas del colectivo afectado.
No podrán acogerse a esta Convocatoria las Entidades que soliciten o que ya disfruten de cualquier subvención de la Diputación u Organismo dependiente de la misma para idéntico objeto, actividad o programa.
Segundo. Finalidad:
La concesión de subvenciones destinadas a sufragar los gastos de desplazamiento de actividades de promoción de la convivencia a través del ocio y tiempo libre, que se realicen dentro del período comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
Los viajes tendrán que dirigirse exclusivamente a las personas asociadas y/o afectadas, familiares y personal adscrito o voluntario de la Entidad solicitante.
La subvención se destinará exclusivamente a los gastos de desplazamiento, desde el lugar de origen hasta el destino y regreso, en su caso. Por gastos de desplazamiento se entenderá el coste del transporte en autobús o en tren. Se podrán subvencionar igualmente los traslados en barco a las islas de la Comunidad Valenciana.
Los recorridos serán elegidos por las Entidades solicitantes y se circunscribirán exclusivamente a la Comunidad Valenciana.
Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante publicada en el BOP número 118, de 27 de mayo de 2005 y Bases Específicas incluidas en la convocatoria.
Cuarto. Importe:
Las subvenciones concedidas se imputarán a la aplicación presupuestaria 20.2317.4831000 Subvenciones a Entidades sin fin de lucro para actividades de promoción de la convivencia a través del ocio y tiempo libre, por importe de 130.000
euros destinados a este fin.
El importe de la subvención otorgada podrá alcanzar hasta el 100% del coste total previsto para los gastos de desplazamiento del viaje/s.
La cuantía de la subvención en ningún caso podrá exceder de 1.300 euros, correspondiendo a la entidad beneficiaria financiar a su cargo, o con otras subvenciones o ingresos, la parte del presupuesto que excediera de la subvención provincial.

Pág. 2

383 / 2022

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 26/1/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Alicante

PaísEspaña

Fecha26/01/2022

Nro. de páginas206

Nro. de ediciones5878

Primera edición03/01/2000

Ultima edición11/05/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2022>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031