Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 3/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

3 Abril 2024

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 64

M

SECCIÓN TERCERA. SISTEMA LOCAL DE EQUIPAMIENTO
Artículo 29. Ámbito de aplicación Las presentes Normas Urbanísticas resultan de aplicación a los terrenos incluidos en el Sector, delimitadas en el Plano de Ordenación como Sistema Local de Equipamiento.

Artículo 30. Condiciones de uso Sus usos se regularán por la normativa que el Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Villanúa establece para la Zona de Equipamientos y Servicios. Como usos complementarios se permiten los de parques y jardines, bares, quioscos, aparcamientos e infraestructuras urbanas si fuera necesario.
El desarrollo de estos usos podrá intercambiarse según los criterios municipales.
Transitoriamente y mientras no se ocupe con el destino previsto tendrá la consideración de zona libre y un tratamiento de espacio ajardinado y arbolado.
Los terrenos correspondientes a esta zonificación son de dominio y uso público y de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de Villanúa.

Artículo 31. Condiciones generales de ordenación

La superficie edificable máxima de dicha parcela será de 1 m2/m2 aplicada a la superficie neta de la parcela.

Ocupación máxima: la necesaria según la edificación proyectada

Número de plantas máximo PB+1PP

Altura: la necesaria según la edificación proyectada
SECCIÓN CUARTA. SISTEMA LOCAL DE ESPACIOS LIBRES
Artículo 32. Ámbito de aplicación Las presentes Normas Urbanísticas resultan de aplicación a los terrenos incluidos en el Sector, delimitadas en el Plano de Ordenación como Sistema Local de Espacios Libres.

Artículo 33. Condiciones de uso y ordenación Sus usos y condiciones de ordenación se regularán por la normativa que el Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Villanúa establece para la Zona de Espacios libres y Zonas Verdes.
Los terrenos correspondientes a esta zonificación son de dominio y uso público y de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de Villanúa. En ellos se permite la ubicación de las infraestructuras necesarias para el suministro eléctrico, de gas, de telecomunicación, alumbrado público, etc. La concreción exacta de las dimensiones de estas zonas de infraestructura se definirá en el correspondiente Proyecto de Urbanización.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 3/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha03/04/2024

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones4963

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/06/2024

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