Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 21/9/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

21 Septiembre 2023

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 180

5.- A fin de evitar lesiones, y antes de comenzar el ejercicio el usuario debe asegurarse de que todos los dispositivos estén correctamente insertados y ajustados apropiadamente.
Artículo 7.º Derechos de los Usuarios.
Los usuarios tienen derecho a disfrutar y disponer de las instalaciones en adecuadas condiciones de uso, y dentro del horario establecido.
Artículo 8.º Obligaciones de los Usuarios.
1.- Mantener la instalación limpia, en colaboración con los empleados.
2.- Respetar el mobiliario, las máquinas, y a los demás usuarios.
3.- Advertir de anomalías o desperfectos detectados. Los usuarios no podrán manipular mecánicamente las máquinas, los engranajes de estas o las poleas. Si es necesario hacerlo se avisará al personal autorizado.
4.- Utilizar ropa y calzado deportivo y presentar un buen estado de higiene personal. No se permite realizar ejercicios con el torso desnudo, ni acceder con el calzado usado en la calle.
5.- Llevar una toalla para colocarla encima de las máquinas o aparatos de los que se haga uso.
6.- Después de utilizar el material se dejará en su sitio.
7.- Al concluir la actividad en un equipo, todo usuario debe dejarlo en orden y perfecto estado de limpieza 8.- Abonar las tasas vigentes.
9.- No está permitido comer ni fumar ni utilizar envases de vidrio ni otro material cortante, ni acceder a las instalaciones con animales de compañía.
10.- La tarjeta electrónica de acceso es de uso personal e intransferible. En caso de pérdida se comunicará inmediatamente.
Artículo 9.º Cierre de Instalaciones.
El Ayuntamiento se reserva la facultad de cerrar temporalmente las instalaciones por limpieza u otras circunstancias y particularmente por la programación y desarrollo de eventos que puedan resultar incompatibles con el uso habitual del gimnasio.
Artículo 10.º Responsabilidades.
El Ayuntamiento en ningún caso, se hará responsable de los daños o lesiones derivados de un uso inadecuado de las instalaciones.
El Ayuntamiento no se hace responsable de las pérdidas o sustracciones de objetos o dinero que se produzcan en el recinto. Se recomienda no llevar objetos de valor.
Artículo 11.º Régimen Disciplinario.
1.- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 8 constituirá falta disciplinaria.
2.- El incumplimiento por primera vez de dichas obligaciones será sancionado con un 11158

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 21/9/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha21/09/2023

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones4956

Primera edición02/01/2004

Ultima edición14/06/2024

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