Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 23/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

23 Octubre 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 204

No se considerarán gastos subvencionables:
-Mobiliario, enseres, equipamientos de hostelería frigoríficos, planchas, cafeteras, microondas
-Vehículos, salvo que se destinen a la prestación de servicios a que se refiere el apartado a.
- Las actuaciones de mantenimiento, conservación y reparaciones que simplemente preserven el bien al estado inicial sin aumentar el valor del mismo. En relación con las obras en caminos, para su consideración como inversión se tendrán en cuenta los criterios aprobados por Decreto de Presidencia nº 171, de 24 de enero de 2020.
-Obras de urbanización que deban costearse por los propietarios del suelo de acuerdo con lo previsto en la legislación urbanística.
Beneficiarios: Municipios de la Provincia de Huesca, excepto la capital por su mayor capacidad económica respecto al resto de los ayuntamientos.
Cuantía y criterios de distribución:
La subvención de la Diputación se fija como importe cierto siguiendo los siguientes criterios de distribución:
Cuantía imputada al ejercicio 2020:
Por municipio: 21.000 euros, es decir, 4.221.000 euros en total.
Por número de habitantes de derecho, según las cifras de población referidas a 1 de enero de 2019 del Instituto Nacional de Estadística, a razón de 1,18 € por habitante.
Por entidades singulares de población, referido al nomenclátor del Instituto Nacional de Estadística, a razón de 347,83 € por entidad singular sin contar la principal.

Máximo subvención 2020: 28.000 €.
La cantidad resultante con arreglo a estos parámetros será el 75 % del total asignado para cada municipio.
Cuantía imputada al ejercicio 2021:
El 25 % restante.
Segundo. Para el crédito imputado a 2020, la efectividad del Plan queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, una vez entre en vigor la modificación presupuestaria en trámite, por importe total de 4.522.532,60 € mediante crédito extraordinario en las aplicaciones citadas en el punto primero.
El crédito imputado a 2021 por importe de 1.507.510,87 € queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2021.
Tercero. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo de aprobación inicial del Plan para general conocimiento y a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles desde la publicación, considerándose aprobado definitivamente en el caso de que éstas no se presenten en el plazo establecido.
8672

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 23/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha23/10/2020

Nro. de páginas156

Nro. de ediciones4922

Primera edición02/01/2004

Ultima edición26/04/2024

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