Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 7/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

7 Octubre 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 193

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
SECRETARÍA
3625

ANUNCIO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de información pública, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 152, del día 11 de agosto de 2020, queda elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de aprobación de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la instalación de terrazas como complemento de actividad de hostelería del Ayuntamiento de Huesca.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se publica el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación de la norma reglamentaria señalada, cuyo texto íntegro figura en el anexo de este anuncio.
Contra el presente acuerdo, podrá interponerse por los interesados recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Huesca, 6 de octubre de 2020. El Alcalde, Luis Felipe Serrate.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA INSTALACIÓN
DE TERRAZAS COMO COMPLEMENTO DE LA ACTIVIDAD DE HOSTELERÍA.
1. Dar nueva redacción al artículo 5. Beneficiarios, según el siguiente tenor literal:
Podrán ser beneficiarios de las autorizaciones: Quienes sean titulares de establecimientos de hostelería con licencia municipal incluidos en la Agrupación 67 de Epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas.
Los titulares de más de una licencia en el mismo establecimiento, cuando solo alguna de ellas permita la instalación de terraza conforme a lo establecido en el párrafo anterior, solo podrán tener instalada la misma cuando estén ejerciendo efectivamente la actividad que les habilite para disponer de terraza. A tal efecto, con la solicitud deberán de presentar el horario en el que, dentro de los límites horarios establecidos en la normativa, van a ejercitar cada una de las actividades.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 7/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha07/10/2020

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones4923

Primera edición02/01/2004

Ultima edición29/04/2024

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