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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 25/9/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
25 Septiembre 2020
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 185
Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón.
La actividad deberá cumplir las prohibiciones en cuanto a vertidos y límites máximos de sustancias contaminantes establecidos en el Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los vertidos de las aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado así como los establecidos en la Ordenanza municipal de Protección de Medio Ambiente o normas que las sustituyan.
Para los residuos que tengan la consideración de peligrosos objetos punzantes, etc. deberá presentar comunicación previa al inicio de sus actividades ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental según lo indicado en el artículo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, y el Decreto 133/2013, de 23 de julio, del Gobierno de Aragón, de simplificación y adaptación a la normativa vigente de procedimientos administrativos en materia de medio ambiente.
Deberá realizar una gestión adecuada de residuos sanitarios conforme a la normativa que le sea de aplicación.
Deberá existir doble transferencia de 0,80 metros mínimo a ambos lados del inodoro Deberá solicitar autorización de vertido a la red de alcantarillado, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado.
No obstante se hace constar que se el expediente se ha tramitado por Declaración responsable.
Deberá comunicarse a la Comisión Provincial del medio Ambiente, dentro de los tres días siguientes, la resolución que adopte sobre concesión de licencia municipal.
Huesca, 23 de septiembre de 2020. El Alcalde, Luis Felipe Serrate.
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