Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 20/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

20 Agosto 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 159

Consejo es también una forma de garantizar el derecho a la participación a toda una parte de la población en los espacios, lugares y temas que les afectan.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo I. Definición El Consejo Municipal de Niños/as y Adolescentes es un espacio específico de participación infantil activa en la vida del municipio. Se trata de un mecanismo para la colaboración activa entre menores y adultos, en las políticas municipales que encuentra su fundamentación más básica en la Convención sobre los Derechos de la Infancia. Es un órgano de representación del conjunto de la infancia dentro de nuestro municipio.
Artículo II. Creación y funciones 1. Se crea el Consejo Municipal de Niños/as y Adolescentes como órgano de participación ciudadana, donde se abordarán los asuntos relativos a la situación de los niños/as y adolescentes de nuestro municipio.
2. El Consejo Municipal de Niños/as y Adolescentes es un órgano de representación del conjunto de la infancia dentro del municipio, un mecanismo de colaboración activa entre niños/as y adultos/as en la política municipal.
3. Su función primordial es incorporar las vivencias de la población infantil y favorecer la intervención de los chicos/as en los debates, propuestas, sugerencias y quejas respecto de cualquier actuación municipal, así como ser informados y opinar sobre todas las actuaciones de otras administraciones publicas, que actúan en la ciudad con incidencia en la infancia y adolescencia.
4. De cada sesión que se celebre, quien realice las funciones de la Secretaria extenderá acta que, se publicara en la web municipal.

CAPITULO II. COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN
Artículo III. Composición 1. Formarán parte del Consejo Municipal de Niños/as y Adolescentes, los/as niños/as que tengan, en el momento de su elección, edades comprendidas entre los 8-9 y los 18 años.
Serán elegidos/as, por sorteo, entre los candidatos que decidan presentarse a formar parte de este Consejo, en los diferentes centros educativos dentro y fuera de la localidad
2. La estructura orgánica del Consejo Municipal de Niños/as y Adolescentes y sus miembros o personas en quien deleguen será:
A. Presidencia del consejo: ejercida por el /la alcalde/sa de la localidad o persona en quien delegue que ostentara la presidencia.
B. Vocales:
El /la Concejal/a de Participación Ciudadana.
El/la Concejal /a de Educación.
El/la Concejal /a de Juventud Un/a representante de cada grupo político municipal.
Los técnicos municipales de las procedentes de aéreas afines.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 20/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha20/08/2020

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones4929

Primera edición02/01/2004

Ultima edición08/05/2024

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