Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 5/8/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

5 Agosto 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 149

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
CULTURA
2811

ANUNCIO

La Alcaldía-Presidencia, con fecha tres de agosto de dos mil veinte, ha dictado el siguiente Decreto:
DECRETO Nº: 3776 / 2020
Visto el Decreto nº 2881/2020, de 12 de junio de 2020 B.O.P. nº 113 de 16 de junio de 2020 por el que se resolvió la convocatoria de AYUDAS PARA ACTIVIDADES
CULTURALES REALIZADAS POR ASOCIACIONES CULTURALES desarrolladas en el periodo del 1 de enero al 13 de marzo de 2020.
Vistas las solicitudes presentadas; visto el informe técnico de la Comisión de Valoración;
informada la Comisión Informativa de Cultura en sesión celebrada el día 21 de julio de 2020;
vista la Propuesta de Resolución de fecha 30 de julio de 2020.
Por todo ello, el Alcalde, en uso de las facultades que le atribuye el artículo 30.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, RESUELVE:
PRIMERO.- Conceder, con cargo a la partida: 04 33003 48000 Cultura. Otras transferencias, las AYUDAS PARA ACTIVIDADES CULTURALES REALIZADAS POR
ASOCIACIONES CULTURALES, desarrolladas en el periodo del 1 de enero al 13 de marzo de 2020 y detalladas en TABLA I.
SEGUNDO.- Desestimar las solicitudes detalladas en TABLA II.
TERCERO.- En el plazo de 10 días naturales, a partir del día siguiente de la publicación de la concesión de la subvención, deberá presentar la aceptación o renuncia de la misma.
ANEXO II.
Los beneficiarios de las ayudas otorgadas por el Ayuntamiento de Huesca, deberán presentar la justificación correspondiente a la totalidad del presupuesto definitivo de la actividad subvencionada, hasta el día 30 de noviembre de 2020, de acuerdo con el modelo ANEXO III.
El plazo de 30 de noviembre de 2020 deberá cumplirse con carácter obligatorio.
CUARTO.- La efectividad del pago de las ayudas quedará supeditada a la justificación correspondiente, en virtud de lo establecido en las correspondientes bases o en su defecto según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
QUINTO.- Publicar la Resolución de las ayudas en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Huesca y/o la correspondiente notificación a los interesados.
Que se dé traslado del presente Decreto a las personas físicas o jurídicas que resulten en él directamente interesadas, y así como a los órganos y departamentos de este Ayuntamiento que con el mismo se hallen relacionados.
6490

CSV7Q4PFHZ58YGIANBOP

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 5/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha05/08/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4924

Primera edición02/01/2004

Ultima edición30/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031