Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 8/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

8 Abril 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 68

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
DESARROLLO
1043

ANUNCIO

PLAN RE-ACTIVA HUESCA. AYUDA A AUTONOMOS Y MICROEMPRESAS
BDNS Identif.: 502336
EXTRACTO del Decreto 1146 / 2020, de 7 de abril de 2020, por el que se aprueba la convocatoria extraordinaria de ayudas del Ayuntamiento de Huesca para el año 2020
dirigidas a autónomos y microempresas afectadas por el cierre obligatorio de establecimientos dispuesto RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD
463/2020 de 14 de marzo.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la página web del Ayuntamiento de Huesca http www.reactivahuesca.es.
PRIMERO. Personas beneficiarias:
Personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica en el término municipal de Huesca y que reúnan los siguientes requisitos:
a Que tenga la condición de microempresa, de conformidad con la definición establecida por la Comisión Europea en su Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 20032003/361/CE.
b Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre obligatorio de establecimientos dispuesto RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD
463/2020 de 14 de marzo.
b Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mútua profesional correspondiente y en Hacienda en el momento de la declaración del estado de alarma, 14
de marzo de 2020.
c Disponer de local abierto al público o centro de trabajo en el término municipal de Huesca.
d Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social; así como en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.
e Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Huesca y sus entes dependientes. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.
f Haber cumplido con los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que se le hayan concedido para un mismo destino y finalidad en el ejercicio anterior por el Ayuntamiento de Huesca y sus entidades dependientes.
g Disponer o, en su defecto, haber solicitado el inicio del procedimiento para la obtención de las correspondientes licencias municipales y/o haber presentado la comunicación previa correspondiente.
h No hallarse incurso/a en ninguna de las circunstancias de inhabilitación a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

2872

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 8/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha08/04/2020

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4923

Primera edición02/01/2004

Ultima edición29/04/2024

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