Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 25/2/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

25 Febrero 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 37

ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
CULTURA Y DEPORTE
670

ANUNCIO

Extracto del Decreto número 325, de 11 de febrero de 2020, de la Presidencia de la Diputación Provincial de Huesca por el que se convocan subvenciones para la adquisición de dotaciones documentales en las Bibliotecas públicas municipales de los ayuntamientos de la provincia de Huesca para 2020
BDNS Identif.: 497126
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huesca https sede.dphuesca.es/:
Primero. Beneficiarios:
Los Ayuntamientos de la provincia de Huesca que que sean titulares de una biblioteca pública y que cumplan con los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
Segundo. Objeto:
Subvenciones destinadas a la adquisición de dotaciones documentales en las bibliotecas públicas municipales de la provincia de Huesca con los objetivos de colaborar con los ayuntamientos en la mejora del funcionamiento de las bibliotecas municipales y contribuir a la actualización de sus fondos documentales.
Concretándose en la convocatoria cuales son las actividades subvencionables y cuales no.
Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Huesca y el Instituto de Estudios Altoaragoneses, publicada en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial.
Cuarto. Porcentajes y Cuantía:
El importe máximo de las subvenciones para dotaciones documentales asciende a 166.000,00 €
Los importes máximos a percibir serán:
1. Los ayuntamientos de 1 a 1.000 habitantes podrán obtener hasta un máximo de subvención del del 80 % del coste subvencionable.
2. Los ayuntamientos de 1.001 a 3.000 habitantes podrán obtener hasta un máximo de subvención del 75 % del coste subvencionable.
3. Los ayuntamientos de 3.001 a 5.000 habitantes podrán obtener hasta un máximo de subvención del 70 % del coste subvencionable.

1866

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 25/2/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha25/02/2020

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones4922

Primera edición02/01/2004

Ultima edición26/04/2024

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