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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 16/3/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
16 Marzo 2018
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 53
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
TESORERÍA
1204
EDICTO
ANUNCIO DE LA APERTURA DE COBRANZA DEL PADRÓN DE AGUA Y BASURAS DEL
CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO 2017
De conformidad con el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes que desde el día 16 de marzo de 2018 hasta el día 16 de mayo 2018, ambos incluidos, tendrá lugar la COBRANZA TRIMESTRAL, POR RECIBO, EN PERÍODO
VOLUNTARIO, DEL PADRÓN DE AGUA Y BASURAS DEL CUARTO TRIMESTRE DEL
AÑO 2017, aprobado por Decreto de Alcaldía n.º 2018001200, de 14 de marzo de 2018.
Este Padrón comprende la Tasa municipal por el suministro de Agua potable e I.V.A. y la Tasa municipal por recogida domiciliaria de Basuras.
Los recibos domiciliados en las distintas entidades bancarias serán cargados en las cuentas de los sujetos pasivos a partir del día 20 de marzo de 2018.
Si los recibos no están domiciliados, el Ayuntamiento enviará a los domicilios de los sujetos pasivos, a través del Servicio de Correos, el Documento de Pago del recibo puesto al cobro.
Para realizar su pago existen dos procedimientos:
1.- Pago con tarjeta de crédito en la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Huesca https sede.huesca.es/pagos-online, introduciendo los datos que figuran en el Documento.
2.- Pago en cualquiera de las entidades financieras IBERCAJA, BANTIERRA, CAIXABANK, BANCO DE SANTANDER o BANCO DE SABADELL, mediante la presentación del Documento.
En caso de que el sujeto pasivo no reciba en su domicilio el Documento de Pago, podrá obtener un duplicado del mismo en la Tesorería Municipal o mediante petición al teléfono 974 29 21 04. La no recepción del Documento de Pago no libera del pago ni anula el recargo correspondiente.
El día 17 de mayo de 2018, para aquellos contribuyentes que no hubieran hecho efectivo el pago, se inicia el período ejecutivo, devengándose el recargo ejecutivo del 5%. Una vez notificada la providencia de apremio, se exigirá el recargo de apremio reducido del 10% ó el recargo de apremio ordinario del 20% más intereses de demora y costas del procedimiento.
Huesca, 14 de marzo de 2018. El Alcalde, Luis Felipe Serrate
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