Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 24/2/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

B. O. P. HU.- N.º 36

24 febrero 2004

463

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor en cumplimiento de lo establecido en los Arts. 115 y 123 del Reglamento General de Recaudación y en la forma ordenada en el Art. 105.6 de la Ley General Tributaria, así como a la empresa que debe proceder a efectuar las retenciones, y practíquense las advertencias convenientes y reglamentarias.
Los deudores a los que se refiere la transcrita Diligencia son los siguientes:
NOMBRE: SANTIBÁÑEZ SAINZ DE MAZA FERNANDO.
DEBITOS: VEHÍCULOS.
IMPORTE: 286.61 Euros.
PAGADOR: FORMIGAL, S.A.
Lo que se hace público conforme a lo establecido en el Artículo 123 del Reglamento General de Recaudación y en la forma ordenada en el Artículo 105.6 de la Ley General Tributaria, debiéndose tener por notificado el deudor mediante el presente anuncio con plena virtualidad legal.
RECURSOS: Se podrá interponer recurso de reposición ante la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Huesca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio. Podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso; o en el plazo de 6 meses contados desde el día siguiente en que el recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo, si no hay resolución expresa. Todo ello, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que considere procedente.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el Art. 101 del Reglamento General de Recaudación.
Huesca, 5 de febrero de 2004.- La jefa de la Oficina de Recaudación, María Luisa Barona Santiago.

843

ANUNCIO
LA RECAUDADORA DE TRIBUTOS LOCALES DE LA OFICINA DE HUESCA.
HACE SABER: Que tramitándose en esta Oficina Recaudatoria Expediente Administrativo de Apremio al deudor ver relación y desconociéndose la existencia de otros bienes embargables, se dictó en su momento la siguiente:
DILIGENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso señalado en el Art. 108 del Reglamento General de Recaudación, sin que se hayan satisfecho los débitos que se detallan ver relación , notificados de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 106, y en cumplimiento de la providencia que se dictó en su momento, por la que se ordenó el EMBARGO DE LOS BIENES del deudor en cantidad suficiente para cubrir la deuda pendiente, más el recargo de apremio intereses y costas del procedimiento, se DECLARAN EMBARGADOS los SUELDOS/SALARIOS/PENSIONES que se indican hasta cubrir el importe de la Deuda Tributaria ver relación, con las limitaciones establecidas en el Art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor en cumplimiento de lo establecido en los Arts. 115 y 123 del Reglamento General de Recaudación y en la forma ordenada en el Art. 105.6 de la Ley General Tributaria, así como a la empresa que debe proceder a efectuar las retenciones, y practíquense las advertencias convenientes y reglamentarias.
Los deudores a los que se refiere la transcrita Diligencia son los siguientes:
NOMBRE: ALONSO MOYA, SUSANA
DEBITOS: I.A.E. Y AGUA Y BASURAS
IMPORTE: 442.89 Euros PAGADOR: SERIGRAFÍA SEYTAM S.L.
Lo que se hace público conforme a lo establecido en el Artículo 123 del Reglamento General de Recaudación y en la forma ordenada en el Artículo 105.6 de la Ley General Tributaria, debiéndose tener por notificado el deudor mediante el presente anuncio con plena virtualidad legal.
RECURSOS: Se podrá interponer recurso de reposición ante la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Huesca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio. Podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso; o en el plazo de 6 meses contados desde el día siguiente en que el recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo, si no hay resolución expresa. Todo ello, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que considere procedente.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el Art. 101 del Reglamento General de Recaudación.
Huesca, a 10 de febrero de 2004.- La jefa de la oficina de recaudación, M Luisa Barona Santiago.

844
PARA NOTIFICAR EL EMBARGO DE DINERO DEPOSITADO EN CUENTA CORRIENTE A DIVERSOS DEUDORES
No habiéndose podido practicar directamente la notificación persona la los deudores que posteriormente se relacionan, a pesar de haberse intentado en la forma debida, se procede, de conformidad con lo establecido en el en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 de 28 de diciembre, General Tributaria, a efectuar la citada notificación, mediante el presente anuncio.
En los expedientes administrativos de apremio que esta Administración instruye se procedió, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 132de la Ley General Tributaria y 120 del Reglamento General de Recaudación, contra los deudores relacionados al pie del presente anuncio, al Embargo de dinero en cuentas abiertas en las Entidades de depósito, por las cantidades que igualmente se indican.
Contra el acto notificado, podrá interponerse recurso de reposición ante la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Huesca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio. Podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso; o en el plazo de 6 meses contados desde el día siguiente en que el recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo, si no hay resolución expresa. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que considere procedente. El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los casos y condiciones previstos en el artículo 101
del R.G.R.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria, se advierte a los deudores que deben comparecer en el expediente ejecutivo que se sigue. Transcurridos diez días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, sin personarse el interesado se le tendrá por notificado a todos los efectos legales, hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer en cualquier momento.
Deudor
NIF

Débitos
Entidad
CAMPO BIELSA JOSÉ MARIA

18035239

VEHÍCULOS/FBI-URBANA

MULTICAJA

HUESCA 11 de Febrero de 2004.-la jefa de la oficina de recaudación, Maria Luisa Barona Santiago.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 24/2/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha24/02/2004

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4939

Primera edición02/01/2004

Ultima edición22/05/2024

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