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Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 27/2/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario
B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 827 - Publicado el: 27/02/2018
Palacio Vasallo fries-rI:N VAI.OR2016
Concejo Municipal de ario
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Art. 2 O . - A los fines de la presente, se entenderá por Bienes Culturales, a aquellas obras y producciones humanas, con carácter irremplazable, que no constituyan bienes inmuebles cuyo valor patrimonial lo determina la Ordenanza No 8245108; y que por su función artística, histórica, antropológica o cultural, adquieren valor patrimonial para la ciudad y sean propiedad de la Municipalidad de Rosario.
Art. 3 O . - La Secretaría de Cultura será la encargada de armar el compendio de "Bienes Culturales de la Municipalidad", estableciendo los criterios de clasificación que consideren pertinentes, en el cual se deberá incluir obligatoriamente: piezas de colección, obras de arte donadas o adquiridas por la Municipalidad y documentación bibliográfica que se considere trascendente por su valor histórico.
Art. 4O.- La autoridad de aplicación deberá disponer en formato digital una copia del "Catálogo Único de Bienes Culturales", en la página web, en el cual se muestre el listado de las piezas, una descripción de su origen y su valor simbólico, con el título "Patrimonio de Todos" u otro que considere adecuado.
Art. 5O.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M..
Sala
Expte. No235.222-P-2017 C.M.-
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