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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 03/08/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Apellidos
Nombre
Id
página 359
Fecha Tr. Documentación a aportar
41-AI-PAIJVLADA
04259/18
ANA MARIA
0041 10/12/18 - Tras las consultas realizadas a la Agencia Tributaria, no se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias AUTONÓMICAS. Debe aportar certificado acreditativo de encontrase al corriente de las obligaciones tributarias de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de la Base Quinta de las Bases Reguladoras de las ayudas Orden 17 de octubre de 2018.
41-AI-PAIJVOROS
15120/18
EVA ANNA
7343 10/12/18 - Debe aportar copia compulsada del DNI /NIE ya que el aportado da error al comprobar la identidad.
- Debe aportar Certificado de Empadronamiento HISTÓRICO COLECTIVO, emitido en el periodo comprendido entre enero de 2018 y la finalización del plazo de subsanación, debiendo estar empadronados a fecha 1 de diciembre de 2018 o solicitado el empadronamiento, todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Deben cumplimentarse los datos de el/los contratos de arrendamiento, las mensualidades abonadas, los datos y firma del arrendador y, los datos y firma del solicitante. La fecha de contrato es posterior a la solicitud. No cumple los requisitos a fecha de solicitud.
41-AI-PAIGWALAD
21300/18
TARIQ
4288 12/12/18 - Debe aportar fotocopia compulsada del contratos o contratos de arrendamiento vigente/s en los meses para los que solicita la ayuda, referido a la vivienda, arrendador e inquilino/s indicados en la solicitud.
- Tras las consultas realizadas a la Seguridad Social, no se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social. Debe aportar certificado acreditativo de encontrase al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social Base 5.2 de la Orden 17 de octubre de 2018.
41-AI-PAIJYELAMOS
17972/18 CRESPO
MERCEDES
0329 11/12/18 - Debe aportar Certificado de Empadronamiento HISTÓRICO COLECTIVO, emitido en el periodo comprendido entre enero de 2018 y la finalización del plazo de subsanación, debiendo estar empadronados a fecha 1 de diciembre de 2018 o solicitado el empadronamiento, todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Aparecen personas en el certificado de empadronamiento histórico colectivo aportado, que no están incluidas en la Unidad de Convivencia en el apartado 7 de la página 3 de la solicitud. Por tanto, deberá incluirlas en el apartado 7 de la página 3 de la solicitud, o, en su defecto, presentar certificado municipal que acredite que no residen en la vivienda o que han solicitado baja en el padrón, o bien que acrediten que no disponen del derecho de uso de la vivienda. Deben incluir a los dos menores en la solicitud.
- Al ser un miembro de la unidad de convivencia titular de otra vivienda en propiedad, debe aportar documentación oficial que acredite la no disponibilidad de la misma por separación o divorcio, cuando resulte inaccesible por causa de una discapacidad, o cuando se haya obtenido la misma por transmisión mortis causa y el porcentaje de titularidad no supere el 50 por ciento.
41-AI-PAIGYEPEZ
05905/18 CALDERON
LUZ AURORA 2489 10/12/18 - Debe aclarar el importe de la renta de alquiler, el reflejado en el apartado 5,3 no coincide con la renta del contrato.
- De las consultas realizadas se ha verificado que dispone de otras ayudas para la misma finalidad, lo cual resulta incompatible de acuerdo a la Base Reguladora Novena salvo si dispone de informe de los servicios sociales comunitarios acreditativo de estar en situación de riesgo de exclusión social, emitido o actualizado con posterioridad al inicio del año anterior en el que se presentó la solicitud.
41-AI-PAIGZAMORA
35915/18 CAÑAS
ANA MARIA
2139 12/12/18 - Debe aportar solicitud en modelo Anexo I, debidamente cumplimentada, contrato alquiler y padrón histórico colectivo.
41-AI-PAIGZURITA
19495/18 GONZALEZ
MARIA DE
LOS
ANGELES
2591 13/12/18 - En el apartado 5.1 de la página 2 de la solicitud, debe rellenar correctamente los datos de la vivienda arrendada.
- En el apartado 5.2 de la página 2 de la solicitud, debe rellenar correctamente los datos del contrato de arrendamiento.
- Existen titulares del contrato que no pertenecen a la unidad de convivencia indicada en la solicitud. Por tanto, debe aportar documentación que justifique que estas personas no tienen atribuido el derecho de arrendamiento.
- En los apartados 5.2 y, en su caso, 5.3 de la solicitud, debe indicar el importe de la renta mensual - En el apartado 7 de la página 3 de la solicitud, deben rellenar y firmar correctamente todos los miembros de la unidad de convivencia, los consentimientos sobre la consulta y tratamiento de datos personales necesarios para la concesión de la ayuda.
- En el apartado 8 de la página 4 de la solicitud, debe marcar una de las dos casillas para indicar otras posibles ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad.
- Ante la imposibilidad de obtener datos a través de las bases telemáticas de la Agencia Tributaria, debe aportar Declaración de IRPF 2017 o Certificado de Imputaciones de IRPF 2017 de la persona solicitante.
41-AI-PAIG00629/18
8859 10/12/18 - De las consultas realizadas se ha verificado que dispone de otras ayudas para la misma finalidad, lo cual resulta incompatible de acuerdo a la Base Reguladora Novena salvo si dispone de informe de los servicios sociales comunitarios acreditativo de estar en situación de riesgo de exclusión social, emitido o actualizado con posterioridad al inicio del año anterior en el que se presentó la solicitud.
41-AI-PAIG03469/18
4486 13/12/18 - Tras las consultas realizadas a la Agencia Tributaria, no se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias AUTONÓMICAS. Debe aportar certificado acreditativo de encontrase al corriente de las obligaciones tributarias autonómicas Base 5.2 de la Orden 17 de octubre de 2018.
- Tras las consultas realizadas a la Seguridad Social, no se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social. Debe aportar certificado acreditativo de encontrase al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social Base 5.2 de la Orden 17 de octubre de 2018.
41-AI-PAIG04255/18
8519 10/12/18 - Pendiente de evaluación.
41-AI-PAIG04453/18
1976 10/12/18 - Ante la imposibilidad de comprobar si la persona solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, según se indica en el Apartado 2 de la Base Quinta de las Bases Reguladoras de las ayudas, debe aportar certificado acreditativo emitido por la Seguridad Social, en el que se indique que la persona solicitante se encuentra al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Ante la imposibilidad de comprobar si la persona solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias ESTATALES, según se indica en el Apartado 2 de la Base Quinta de las Bases Reguladoras de las ayudas, debe aportar certificado acreditativo emitido por la Agencia Tributaria Estatal, en el que se que indique que la persona solicitante se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias estatales.
- Ante la imposibilidad de comprobar si la persona solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias AUTONÓMICAS, según se indica en el Apartado 2 de la Base Quinta de las Bases Reguladoras de las ayudas, debe aportar certificado acreditativo emitido por la Agencia Tributaria Autonómica, en el que se indique que la persona solicitante se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias AUTONÓMICAS.
- De las consultas realizadas se ha verificado que dispone de otras ayudas para la misma finalidad, lo cual resulta incompatible de acuerdo a la Base Reguladora Novena salvo si dispone de informe de los servicios sociales comunitarios acreditativo de estar en situación de riesgo de exclusión social, emitido o actualizado con posterioridad al inicio del año anterior en el que se presentó la solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http www.juntadeandalucia.es/eboja
CODIGO_VERIFICACION
Expdte
Número 148 - Lunes, 3 de agosto de 2020