Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 24/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 246 - Martes, 24 de diciembre de 2019
página

Artículo 22. Autorización de los costes de personal de las Universidades de titularidad pública, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 23. Otras disposiciones en materia de personal.
Artículo 24. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones y demás condiciones de trabajo.
Artículo 25. Régimen económico del personal directivo de las entidades del sector público andaluz.
Artículo 26. De la plantilla presupuestaria.
TÍTULO III. DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS
Artículo 27. Autorización de gastos de carácter plurianual.
Artículo 28. Competencias del Consejo de Gobierno para la autorización de gastos.
Artículo 29. Normas en materia de subvenciones y ayudas.
Artículo 30. Normas especiales en materia de financiación de las Universidades públicas andaluzas.
Artículo 31. Financiación complementaria en los conciertos educativos de régimen singular.
Artículo 32. Régimen de financiación de la actividad de las agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz y entidades asimiladas, con cargo a aportaciones de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas.
Artículo 33. Transferencias corrientes a Corporaciones Locales.
TÍTULO IV. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS.
Artículo 34. De los avales.
Artículo 35. Incumplimiento de obligaciones frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o la Tesorería General de la Seguridad Social por otras entidades.
Artículo 36. Créditos afectados por tasas e ingresos finalistas.
Artículo 37. Operaciones de endeudamiento financiero a largo plazo.
Artículo 38. De las operaciones de endeudamiento del sector público andaluz y de las entidades cuya deuda consolida con el sector Administración Junta de Andalucía.
Artículo 39. Operaciones financieras activas.

TÍTULO VI. DE LA TRANSFERENCIA Y DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y LAS ENTIDADES
LOCALES EN SU TERRITORIO.
Artículo 42. Transferencias y delegaciones de competencias a las Entidades Locales.
Artículo 43. Compensación de las deudas de las Entidades Locales a favor de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
TÍTULO VII. DE LA INFORMACIÓN AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA.
Artículo 44. Información al Parlamento de Andalucía.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera. Límite al gasto y disciplina presupuestaria.
Disposición adicional segunda. Reorganizaciones administrativas.
Disposición adicional tercera. Complementos personales y transitorios.
Disposición adicional cuarta. Adecuación de retribuciones de la presente Ley.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http www.juntadeandalucia.es/eboja
CODIGO_VERIFICACION

TÍTULO V. DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS.
Artículo 40. Tasas.
Artículo 41. Coeficiente corrector de tasas portuarias para el ejercicio 2020.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 24/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Junta de Andalucía

PaísEspaña

Fecha24/12/2019

Nro. de páginas233

Nro. de ediciones5911

Primera edición11/10/1979

Ultima edición20/07/2021

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