Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 06/01/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
Pág. 2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE ENERO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 4

I. COMUNIDAD DE MADRID

D Anuncios Consejería de Presidencia 1

ADENDA de 17 de diciembre de 2020, de prórroga del Convenio de asistencia jurídica al Centro de Transportes de Coslada, S. A., de 4 de marzo de 2020.
En Madrid, a 17 de diciembre de 2020.
REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señora doña María Eugenia Carballedo Berlanga, Consejera de Presidencia de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 54/2019, de 19
de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto de 2019, actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, doña María Consolación Pérez Esteban, Presidenta del Consejo de Administración del Centro de Transportes de Coslada, S. A., y don Javier Columbrans Martín, Director General del Centro de Transportes de Coslada, S. A., en ejercicio de los poderes mancomunados conferidos mediante acuerdo del Consejo de Administración de 7 de noviembre de 2019, según consta en la escritura pública otorgada ante el notario de Madrid don José Miguel García Lombardía, de fecha 15 de noviembre de 2019, con número de protocolo 7025, actuando en representación del Centro de Transportes de Coslada, S. A.
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto, EXPONEN
Primero Con fecha de 4 de marzo de 2020 fue suscrito el Convenio de asistencia jurídica al Centro de Transportes de Coslada, S. A., pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2020.
Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid al Centro de Transportes de Coslada, a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.
Segundo El artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.

Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar la prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2021, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes
BOCM-20210106-1

Tercero

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 06/01/2021

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha06/01/2021

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4251

Primera edición12/02/2010

Ultima edición02/05/2024

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