Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 02/05/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 2 DE MAYO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 105

I. COMUNIDAD DE MADRID

C Otras Disposiciones Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación ORDEN 32/2020, de 19 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico para el año 2020 de las convocatorias de ayudas gestionadas por la Subdirección General de Investigación.

La aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, el día 8 de noviembre de 2016 y, posterior ratificación por la Asamblea de Madrid el día 15 de febrero de 2017, del V Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica, 2016-2020
en adelante V PRICIT, pretende dar respuesta a la concreción de las acciones de involucrar, dinamizar y comprometer a los distintos agentes para alcanzar los objetivos regionales referidos a la I+D+i hasta el año 2020, a través del conocimiento como el principal activo con el que las regiones cuentan para facilitar los procesos por los que se genera riqueza, empleo y bienestar social.
Una parte muy importante de este conocimiento proviene de las instituciones de investigación universidades, organismos públicos de investigación, institutos de investigación, centros tecnológicos, fundaciones hospitalarias de investigación, etcétera que generan el conocimiento científico-tecnológico que contribuye a mejorar la competitividad de la región mediante la transferencia de estos conocimientos al sector productivo y la creación de nuevas empresas, de forma que esta colaboración público-privada se convierta en un factor clave de la dinamización económica y de la generación de empleo.
El objetivo final del V PRICIT es posicionar a la región como referente a nivel europeo e internacional, atendiendo a la masa crítica que como centro económico y de conocimiento posee en términos internacionales. El principal pilar con el que cuenta la Comunidad de Madrid es su masa crítica, tanto de actores del sistema como del talento que genera y atrae, y la capacidad inherente para generar oportunidades en el marco de las demandas y de los retos económico-sociales que la sociedad presenta. Para alcanzar el objetivo planteado, es imprescindible asegurar un entorno favorable al conocimiento, tanto en lo relativo a su generación como a su aplicación y valorización en términos socioeconómicos.
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Este precepto está igualmente recogido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La sección primera del capítulo III del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio establece los principios directores, ámbito de aplicación, contenido, competencia para su aprobación, seguimiento y efectos del incumplimiento de los planes estratégicos.
En concreto, su artículo 11.4 establece que los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que, por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.
En virtud de lo anterior, y dado que este Plan Estratégico está vinculado a los objetivos del V PRICIT, y este finaliza a finales del año 2020, la duración del mismo será únicamente de un año.
La Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, a través de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica tiene, entre sus competencias, tal y como establece el artículo 7 del Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, la planificación, ejecución y evaluación de las políticas de la Comunidad de Madrid de fomento de la investigación científica y tecnológica, la coordinación con las universidades y centros de investigación radicados en la Comunidad de Madrid, el estable-

BOCM-20200502-1

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 02/05/2020

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha02/05/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4249

Primera edición12/02/2010

Ultima edición30/04/2024

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