Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 21/01/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
Pág. 266

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 17

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
129

MÁLAGA NÚMERO 8
EDICTO

D/D M Rosario Serrano Lorca, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 8 de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 421/2019 a instancia de la parte actora D/D. ISABEL GUERRERO GUERRERO contra NIKOPING DEVELOPS, S.L. y FOGASA sobre Despido Objetivo Individual se ha dictado SENTENCIA
Nº 494/19 de fecha 19/12.19 siendo el FALLO del tenor literal siguiente:
FALLO
1. Estimar la demanda de despido y cantidad promovida por D. ISABEL GUERRERO GUERRERO contra NIKOPING DEVELOPS, S.L.
2. Declarar IMPROCEDENTE el despido.
3. Declarar EXTINGUIDA la relación laboral existente entre las partes.
4. Condenar a NIKOPING DEVELOPS, S.L. a abonar a D. ISABEL GUERRERO
GUERRERO la cantidad de 8.710,84 euros en concepto de indemnización.
5. Condenar a la demandada a abonar a la demandante, en los conceptos salariales arriba indicados, la cantidad de 5.201,99 euros. más la cantidad de 520,19 euros en concepto de mora, lo que hace un total de 5.722,18 euros. Más los intereses legales del artículo 576.2
de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente hasta la del pago.
Incorpórese la presente Sentencia al correspondiente libro, librándose testimonio de la misma para su unión a los autos y notifíquese a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma y de conformidad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social, con sede en Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente, y debiendo, en caso de ser el recurrente es el demandado, consignar en la cuenta corriente nº 2985, codificación 67, que este Juzgado de lo Social tiene abierta, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Y la suma de TRESCIENTOS EUROS en la citada cuenta, codificación 65, del expresado Banco y Sucursal.
Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado NIKOPING DEVELOPS, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN
OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve.

BOCM-20200121-129

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
03/42.639/19

http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 21/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha21/01/2020

Nro. de páginas268

Nro. de ediciones4253

Primera edición12/02/2010

Ultima edición04/05/2024

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