Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 11/01/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 4

SÁBADO 11 DE ENERO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 9

CAPÍTULO II
Condiciones de trabajo Art. 7º. - Jornada de Trabajo La jornada de trabajo será de 35 horas semanales, distribuida de lunes a domingo para el personal de R.B.U con dos días de descanso semanales según cuadrante al efecto y de lunes a sábado para el personal de L.V., incluyéndose como tiempo efectivo de trabajo el de bocadillo que se viene disfrutando, y que será de 30 minutos.
Se dispondrá de media hora para el cobro de la nómina que se considerará como tiempo efectivo de trabajo.
Las reducciones de jornada establecidas en este Convenio, siempre que sea posible, no afectarán al rendimiento en el trabajo, por lo que se mantendrá el nivel productivo existente, realizándose, por tanto igual trabajo.
Ningún trabajador podrá realizar horas extraordinarias salvo en casos excepcionales o por causas de fuerza mayor y que serán constatadas por las partes.
El trabajador que haya de acudir por necesidades del servicio a un recorrido en un cuartelillo distinto de aquel en que tiene su taquilla lo hará entrando y saliendo de su propio cuartelillo.
Art. 8º. - Horarios Los horarios de trabajo serán los siguientes:
De Lunes a Viernes
Sábados
Festivos
Limpieza mañanas
07:00 a 13:10 H.

07:00 a 13:25 H. 07:00 a 10:40 H.

Limpieza tardes
14:00 a 20:10 H.

14:00 a 20:25 H. 14:00 a 17:40 H.

De Lunes a Domingo Recogida noches
22:00 a 05:00 H.

Recogida mañanas
07:00 a 14:00 H.

En la jornada de festivos, el personal de limpieza viaria no disfrutará de la media hora de bocadillo, por lo que la hora de finalización de la jornada de esos días, será media hora antes, como se especifica en el horario de trabajo.
Los días festivos que se trabajen permanecerá en el turno de tarde un peón de repaso que será rotatorio entre todos los peones que estén en posesión del correspondiente permiso de conducir.
La jornada de los sábados para el personal de L.V. será de seis horas y diez minutos de trabajo efectivo y un descanso de 15 minutos que no tendrá la consideración de tiempo de trabajo efectivo.
El personal de L.V. trabajará sábados alternos. Si a lo largo de un año hay más de un sábado festivo y según cuadrante correspondiera trabajarlo a una misma mitad de la plantilla, se cambiará por la plantilla que no hubiera disfrutado el primer festivo.
En caso de realizar algún tipo de servicio en jornada nocturna, los trabajadores afectados quedan comprometidos a realizarlo, recibiendo como contrapartida el plus de nocturnidad indicado en la tabla salarial anexa.
La recogida de los contenedores del Cementerio se realizará por la noche si estos están fuera del recinto y si no en el turno de mañana.

Domingos y Festivos Limpieza tiempo parcial
07:00 a 13:10 H.

BOCM-20200111-1

2.- El horario de trabajo del personal de L.V. contratado a tiempo parcial para realizar las jornadas matinales de domingos y festivos será el siguiente:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 11/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha11/01/2020

Nro. de páginas114

Nro. de ediciones4248

Primera edición12/02/2010

Ultima edición29/04/2024

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