Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 06/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 290

VIERNES 6 DE DICIEMBRE DE 2019

Pág. 3

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA COMPAÑÍA ESPAÑOLA
DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A. CESPA, S.A. Y SUS TRABAJADORES, ADSCRITOS AL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS
DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES MADRID PARA LOS AÑOS 2018 Y 2019
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES
Artículo 1º.- Partes que conciertan el Convenio Colectivo El presente Convenio Colectivo ha sido suscrito por las siguientes representaciones de la Dirección de la Empresa COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A.
CESPA, S.A. y de otra por la Representación Legal de los Trabajadores de los trabajadores adscritos a la contrata correspondiente al Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos de San Sebastián de los Reyes Madrid.
Siendo la identificación de cada parte la siguiente:
POR LA REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. José Antonio Gallardo Cubero.
D. David Menendez Amor D. Mariano Delgado Crespo D. Mariano Hoya García POR LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES RLT DEL SERVICIOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS DE SAN SEBASTIAN DE LOS REYES:
D. Fernando Poza Herráez
Las partes firmantes de este acuerdo tienen y se reconocen legitimación y capacidad suficiente, para suscribir el presente convenio colectivo dentro de su ámbito de aplicación; obligando por tanto a todos/as los/as empresarios/as y trabajadores/as en él incluidos/as y durante todo el tiempo de su vigencia.
Artículo 2º.- Vigencia, duración y prórroga La duración del Convenio será de dos años. Años 2018 y 2019.
La denuncia del presente convenio se realizará de forma automática al término de su vigencia.
En cualquier caso, ambas partes pactan, tal y como se establece expresamente en el art. 86.3 E.T., que el Convenio Colectivo en vigor se mantendrá prorrogado hasta la firma de uno nuevo independientemente del tiempo que sea necesario para la negociación y firma del mismo.
Artículo 3º.- Condiciones más beneficiosas
Artículo 4º.- Absorción y compensación Las retribuciones establecidas en este Convenio compensarán y absorberán todas las existentes en el momento de su entrada en vigor, cualquiera que sea la naturaleza y el origen de las mismas.

BOCM-20191206-1

Las condiciones establecidas en el presente Convenio se considerarán mínimas, respetándose a título individual o colectivo aquellas condiciones económicas o de otra índole que fueren más beneficiosas a las recogidas en este Convenio, consideradas en conjunto y en cómputo anual.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 06/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha06/12/2019

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones4251

Primera edición12/02/2010

Ultima edición02/05/2024

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