Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 01/11/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
Pág. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE NOVIEMBRE DE 2019

B.O.C.M. Núm. 260

artículo 44 y en las referidas tablas de dicho anexo 3, se aplicarán las tablas que venían siendo efectivas conforme al presente convenio colectivo y que obran en el anexo 3 con fecha de efectos de 1 de octubre de 2017 con un incremento del 3%. La comisión negociadora podrá firmar en su caso el acuerdo salarial correspondiente y se encargará si procede de su registro y deposito en la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid y de su publicación en el BOCM.
2º. Las tablas salariales del anexo 3 con efectos desde 1 octubre de 2018 serán de aplicación en aquellos supuestos en los que siendo actividades, programas, actuaciones y servicios cuya licitación y/o contratación pública o privada y/o procedimiento de contratación, cualquiera que sea su naturaleza, sea posterior a la publicación y entrada en vigor del presente convenio colectivo por su publicación en el BOCM, debiendo necesariamente ser asumido expresamente el presente convenio y dichas tablas, y respetándose en todo caso lo establecido en la legislación vigente con expresa observancia de lo establecido en el art. 100 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público. En caso contrario, las empresas solo estarán obligadas a abonar lo contemplado en el punto 1º de la presente disposición transitoria.
3º. En el supuesto de la no aplicación de las tablas salariales con efectos desde 1 de octubre de 2019 por no cumplirse todos los requisitos establecidos en el artículo 44 párrafo cuarto, se aplicarán las tablas aprobadas por la comisión paritaria y publicadas el 23 de marzo de 2019 con un incremento del 1,4% correspondiente al IPC del año 2018 para la Comunidad de Madrid. La comisión negociadora firmará en su caso el acuerdo salarial correspondiente y se encargará de su registro y deposito en la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid y de su publicación en el BOCM.
Los asistentes firman la presente acta en conformidad con su contenido, y delegan en D. Ernesto Olmedillas Soria para que realice los trámites necesarios para su registro en el sistema REGCON y posterior publicación en el BOCM.

BOCM-20191101-1

03/34.754/19

http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 01/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha01/11/2019

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones4247

Primera edición12/02/2010

Ultima edición27/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930