Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 31/10/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 259

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE OCTUBRE DE 2019

Pág. 537

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE
155

MADRID NÚMERO 3
EDICTO

D./Dña. Antonio Raimundez Rodríguez, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de violencia sobre la mujer num. 3 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal 250.2
num. 120/2018 instados por Procurador D. JUAN MANUEL RICO PALOMAR en nombre y representación de Dña. ANA FE DIALINO CORONEL contra D. LEORANDO VILLAMOR DESCANZO en los que se ha dictado en fecha 06-06-2019 sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de Dña.
ANA FE DIALINO CORONEL CONTRA D. LEORANDO VILLAMOR DESCANZO
debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:
1.- La guarda y custodia de la descendiente común, ZARA BEATRIZ, se atribuye a la madre Dña. ANA FE DIALINO CORONEL, quedando compartida la patria potestad.
2- Se acuerda la suspensión del derecho de visitas que podría corresponder al demandado respecto de la hija común.
3.- D. LEORANDO VILLAMOR DESCANZO deberá satisfacer en concepto de pensión alimenticia a favor de su hija menor la cantidad de 350 euros mensuales, que se actualizarán anualmente conforme al IPC, y que deberá ingresar en la cuenta que designe la actora, los cinco primeros días de cada mes, así como la mitad de los gastos extraordinarios del menor.
Contra esta Sentencia cabe interponer Recurso de Apelación ante la EXCMA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID, el cual se preparará ante este juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.
Así lo acuerda, manda y firma Dña. MARIA GRACIA PARERA DE CACERES juez JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Nº TRES DE MADRID. DOY FE.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. LEORANDO
VILLAMOR DESCANZO y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 11 de octubre de 2019.

BOCM-20191031-155

EL LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DÉ JUSTICIA
03/35.364/19

http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 31/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha31/10/2019

Nro. de páginas538

Nro. de ediciones4251

Primera edición12/02/2010

Ultima edición02/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones