Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 12/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE OCTUBRE DE 2019

B.O.C.M. Núm. 243

Personas con Discapacidad; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en adelante LPAC y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público., así como las normas generales que resulten de aplicación.
1.8. El personal funcionario y laboral fijo que participe en procesos selectivos de promoción interna deberá haber prestado servicios efectivos, en Cuerpos o Escalas del Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional en el Ayuntamiento de Alcorcón, en el supuesto de que este no tenga Subgrupo de titulación inmediatamente inferior al del Cuerpo o Escala al que pretendan acceder. A estos efectos se computarán los servicios prestados por los/las aspirantes en las situaciones equiparadas al servicio activo por la legislación vigente. Deberán, asimismo, poseer la titulación exigida y reunir los requisitos establecidos para el acceso a las correspondientes plazas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Conforme a las condiciones que se establezcan al efecto y el cumplimiento de los requisitos anteriores, en las convocatorias de promoción interna independiente de la categoría de Auxiliar Administrativo de Administración General y Auxiliar de Biblioteca, podrán participar los/las funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Alcorcón de cualquiera de las agrupaciones profesionales de la disposición transitoria tercera de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Para el acceso a Cuerpos o Escalas del Grupo C subgrupo C1 aquellos funcionarios/as que carezcan de la titulación requerida en las bases específicas de cada convocatoria podrán participar en las pruebas selectivas siempre que tengan una antigedad de diez años en cuerpos o escalas del grupo C subgrupo C2 de titulación, o 5 años y haber superado un curso específico de formación precisamente con esta misma finalidad. A dicho curso se accederá mediante criterios objetivos de selección.
1.9. En el caso de aquellas plazas en las que las Bases Específicas establezcan un turno de reserva de personas que acrediten poseer un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, los candidatos deberán formular en la solicitud de participación dicha opción, con declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto, mediante certificación del Organismo oficial competente. En las pruebas selectivas se establecerán las adaptaciones posibles, en tiempos y medios para su realización, para las personas con discapacidad que así lo pidan en su solicitud de participación. En el supuesto de que no se cubran las plazas indicadas en el turno de reserva para discapacitados, se incorporarán al turno libre, incrementando de este modo dicho turno. En este sentido, las personas, que, cumpliendo los requisitos anteriores, opten por el turno de reserva de personas con discapacidad deberán superar las mismas pruebas selectivas que las fijadas para el turno de acceso libre, sin perjuicio de las adaptaciones anteriores señaladas, cumpliéndose así los principios constitucionales de mérito y capacidad.
1.10. Las bases específicas de las convocatorias se publicarán el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Anuncios municipal y en la página web www.ayto-alcorcon.es. Asimismo, en dicho boletín se publicará la composición de los Tribunales de Selección, las listas de excluidos y la fecha de comienzo de cada proceso selectivo. En el Tablón de Anuncios y en la citada página web se publicará la lista provisional y definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como las demás actuaciones de los Tribunales hasta la resolución del proceso selectivo. En el Boletín Oficial del Estado se publicará extracto del anuncio que iniciará el plazo de presentación de instancias.
1.11. Los aspirantes que hubieran superado la oposición, concurso o concurso-oposición, o alguna de las pruebas selectivas, y no hubieran obtenido plaza, podrán formar parte de una bolsa de trabajo, según el orden de la calificación definitiva, y para el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas. Los componentes de esta bolsa, si en el proceso selectivo no hubiesen superado la prueba práctica, deberán realizar dicha prueba para ser llamados.
La vigencia y regulación de los criterios de funcionamiento en dicha bolsa de trabajo serán los que se establezcan en el Acuerdo para el personal funcionario del Ayuntamiento de Alcorcón vigente.
1.12. Las presentes Bases vinculan al Ayuntamiento de Alcorcón, a los Tribunales de Selección que han de juzgar las pruebas selectivas, y a quienes participen en las mismas.

BOCM-20191012-1

BOCM

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 12/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha12/10/2019

Nro. de páginas102

Nro. de ediciones4247

Primera edición12/02/2010

Ultima edición27/04/2024

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