Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 14/09/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 219

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2019

Pág. 3

CONVENIO EMSULE, S.A.U. 2019-2022
PREÁMBULO
La negociación del presente convenio ha sido efectuada entre EMSULE, S.A.U, la representación legal de los trabajadores y trabajadoras y la Sección Sindical FSP-UGT-EMSULE de Leganés, legitimados para ello conforme a la ley vigente.
Art. 1 Ámbito Funcional, Personal y Territorial 1. Las normas contenidas en este acuerdo regularán las condiciones de trabajo en EMSULE, S.A.U. para todo su personal laboral.
2. Será de aplicación para todo el personal laboral de EMSULE, S.A.U.
3. A efectos de este Convenio se considerará cónyuge, además de lo establecido en el Código Civil, parejas de hecho y a la persona que de forma estable conviva con el trabajador o trabajadora de duración no inferior a dos años justificado por certificado de empadronamiento en una relación de afectividad.
El Ámbito territorial de aplicación será todo el personal laboral, cualquiera que sea la ubicación de la dependencia en la que presente sus servicios o servicio, y el número de efectivos que lo atiendan, considerándose a tal efecto EMSULE, S.A.U., como una única unidad de trabajo dentro de la Comunidad de Madrid.
Art. 2 Ámbito temporal de aplicación y denuncia La duración del presente convenio se extenderá desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Este Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes firmantes dos meses antes de la fecha de finalización de su vigencia, entendiéndose que de no ser así quedará prorrogado por períodos de un año. No obstante quedará prorrogado automáticamente hasta la firma de otro acuerdo que lo sustituya.
Una vez denunciado el presente Convenio, la Comisión Negociadora habrá de constituirse en el plazo máximo de dos meses, fijando en su primera reunión el calendario de negociaciones.
Art. 3 Organización del trabajo 1. EMSULE, S.A.U., como titular de la potestad de auto organización, le corresponde determinar la estructura organizativa, así como aprobar las plantillas y relación de puestos de trabajo necesarios para conseguir una utilización óptima de los recursos humanos y materiales y la mayor eficiencia en la prestación del servicio.
2. Cuando las decisiones de organización de los servicios afecten a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movilidad funcional, modificaciones retributivas y demás materias incluidas en la legislación laboral vigente, se negociarán en el ámbito correspondiente.
3. El resto de decisiones como incremento o disminución de la dotación de puestos existentes en la Relación de Puestos de Trabajo se negociarán con el Delegado Sindical y las Secciones Sindicales teniendo un plazo de 48 horas para hacer alegaciones.
Art. 4 Comisión de seguimiento, valoración y empleo
Los acuerdos adoptados por la Comisión de Seguimiento, Valoración y Empleo obligarán a las partes en los mismos términos que el presente Convenio y serán recogidos en el acta, entregadas a ambas partes. Cuando los acuerdos afecten a deberes o derechos de carácter general de los trabajadores y trabajadoras, el Departamento de Recursos Humanos dará a conocer a la totalidad de la plantilla los acuerdos tomados.
Funciones o competencias:
a Interpretación del Texto del Convenio en su aplicación práctica sin que quepa la modificación o renegociación práctica de su articulado, excepto en aquellas cuestiones expresamente señaladas en este texto.

BOCM-20190914-1

Dentro del plazo de quince días desde la entrada en vigor del presente convenio se constituirá una Comisión Paritaria de Seguimiento, Valoración y Empleo como órgano de vigilancia, interpretación y aplicación del mismo y que estará compuesta de un máximo de cuatro representantes, dos de cada una de la partes, pudiendo ambas partes llevar asesores cuando lo consideren oportuno.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 14/09/2019

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha14/09/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4253

Primera edición12/02/2010

Ultima edición04/05/2024

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